Cartera

SAT detalla prórroga para complemento Carta Porte

Sin embargo, concluyó la no aplicación de multas y sanciones a quienes no emitan el documento

Foto: Archivo
03/01/2024 |01:17
Leonor Flores
reportera de la sección CarteraVer perfil

Con el objetivo de que las empresas y transportistas de mercancías en México se puedan adaptar a la nueva versión del complemento de la Carta Porte, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) confirmó que podrán seguir emitiendo sus facturas en la versión 2.0 hasta el 31 de marzo de 2024.

Con ello, el SAT amplió el periodo de convivencia entre ambas versiones del documento que sirve para evitar el contrabando de mercancías. Así, la obligación de emitir el complemento del documento de comprobación fiscal conocido como “pasaporte de las mercancías” en su versión 3.0 será a partir del próximo 1 de abril.

Sin embargo, aclaró que el 31 de diciembre de 2023 concluyó la prórroga de la no aplicación de multas y sanciones que para tal efecto prevé la Resolución Miscelánea Fiscal vigente a quienes no emitieron sus Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) con complemento Carta Porte. Es decir que a partir de este año se aplicarán las multas a los transportistas o empresas que trasladen mercancías sin el complemento de la Carta Porte.

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