El (SAT) amplió el plazo del 30 de abril hasta el 31 de mayo para presentar la declaración anual de impuestos correspondiente al ejercicio fiscal 2020 para personas físicas.

Sin embargo, entre más tiempo pase, más tardará en llegarte tu devolución de impuestos si es que tienes un saldo a favor, dijo el fiscalista Javier Zepeda.

Según el SAT podrás presentar tu declaración de impuestos sin necesidad de acudir a una oficina; se puede hacer desde tú computadora en dos minutos.

En caso de que tengas un saldo a favor, tendrás que esperar 10 días para que te hagan la devolución de impuestos y en algunos casos hasta 60 días , señaló Zepeda.

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Del éxito para obtener la devolución, dijo, depende de haberla presentado en tiempo y forma, pero sobre todo que estés de acuerdo con la declaración prellenada por el SAT , en la que se indica si hay saldo a favor y el monto.

En la declaración prellenada que elabora el SAT para los contribuyentes que tiene en su base de datos, además del monto a pagar por el (ISR), aparece si obtuviste un saldo a favor.

Si estás de acuerdo con la cantidad que se te devolverá, debes solicitarlo y contar con una cuenta con servicio de banca electrónica a tu nombre para que te lo depositen.

De lo contrario, los contribuyentes sufrirán un viacrucis, advirtió el fiscalista. “Si no te parece lo que te va a devolver y crees que es una cantidad mayor, el proceso de reintegro será más largo”, matizó.

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Es decir, si quieres hacer alguna modificación a la declaración prellenada que aparece en la aplicación del SAT o el monto que solicitarás de devolución es diferente a lo que dice el fisco, puede ser hasta de un mes o encontrarás muchos obstáculos.

“Cuando entramos al tema de mandar más información por cualquier dato, se puede ir hasta 60 días la devolución, y cuando es en automático es porque el SAT dice: aquí está tú declaración prellenada, si la aceptas esto es lo que te corresponde a favor o a cargo, si es a favor te lo devuelvo en 10 días hábiles”, explicó.

Destacó que si bien el SAT está dando una prórroga , la pregunta a analizar a fondo es por qué da esta facilidad de manera anticipada a cinco días de que comenzó la temporada para que las personas físicas cumplan con esta obligación, de los cuales sólo uno fue hábil y sin que haya sido solicitada.

Una razón, dijo, es que podría haber una posibilidad de limitante de recursos para poder hacer las devoluciones de impuestos que a más tardar es en 10 días hábiles después de haber declarado.

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“Con la prórroga el SAT les está diciendo de alguna manera: Te voy a dar una prórroga, no te preocupes ni te anticipes; y probablemente no existan los recursos necesarios para hacer las devoluciones y queden concluidas de manera automática”, estimó de manera hipotética.

Otra justificación podría ser que aún están haciendo modificaciones a la plataforma del SAT , porque hoy existen más fallas en el sistema en comparación al año pasado.

“Me encantaría ver que la jefa del SAT presente en dos minutos su declaración anual, como se promete en el portal”, manifestó.

Lo anterior, agregó, tomando en cuenta que los tiempos y tecnicismos no alcancen para estar concluido para el 30 de abril, como inicialmente se tenía previsto como fecha límite para declarar para el caso de las personas físicas.

“Anticipándose a los posibles problemas y escenarios, vemos que en varias partes del país hay muchos contribuyentes que todavía tienen complicaciones porque hay cosas que no cuadran”, ponderó.

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También podría ser porque todavía está haciendo revisiones electrónicas, lo que generaría una serie de solicitudes de información de manera anticipada a la declaración.

Por eso, afirmó, es que es muy raro y sorpresivo que el SAT esté dando más tiempo para la declaración anual hasta finales de mayo, cuando regularmente no da prórrogas y, si lo hace, es muy cerca de que termine el plazo inicial.

Destacó que a las empresas no les otorgó esta facilidad y tuvieron como plazo hasta el 31 de marzo pasado, con un impacto mayor para las personas morales.

cev

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