Cartera

SAT acepta obras de pintor para pagar sus adeudos al fisco

Al inicio le rechazó trabajos por no aportar a la cultura; Prodecon defendió al artista

El programa Pago en Especie de la Secretaría de Hacienda surgió en 1957. Muchas de las obras forman parte de colecciones para exhibirse en museos. Foto: ARCHIVO EL UNIVERSAL
26/06/2018 |02:22Leonor Flores |
Redacción El Universal
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Por primera vez desde que opera el programa pago en especie para el cumplimiento de obligaciones ante el fisco de pintores y escultores, entre otros artistas plásticos, uno logró la aceptación de sus obras, luego de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) las rechazara.

La decisión fue gracias a la intervención de la ómbudsman fiscal, informó la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).

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En 2015, el pintor vendió 41 obras y para su declaración de 2016 ofreció seis por un valor de 200 mil pesos para cubrir 74 mil pesos del Impuesto Sobre la Renta, pero el comité de expertos lo rechazó porque llegó a la conclusión: “Tus obras no proponen, no son novedosas, no aportan al acervo cultural, no nos gustan”.

El Programa Pago en Especie de la Secretaría de Hacienda es un mecanismo tributario que permite a los artistas contribuir al presupuesto con la entrega de su trabajo que en muchas ocasiones adornan las oficinas públicas o forman parte de una colección para exhibirse en museos.

Surgió en 1957 a iniciativa de un grupo de artistas encabezados por el pintor David Alfaro Siqueiros, cuando le solicitaron al entonces director del Impuesto sobre la Renta, Hugo B. Margáin, la opción de pagar sus impuestos mediante obra plástica.

¿Cómo lo hizo? A través de la Representación Legal y Defensa, un servicio gratuito que ofrece la Prodecon, se dio apoyo al quejoso a quien el SAT no le quiso tomar como pago en especie, pinturas de su autoría.

La autoridad fiscal argumentó que las obras entregadas como pago no podían servir porque no representaban algo importante y/o novedoso, que brinden aportación alguna al acervo cultural del Estado o “identifiquen” una generación, de acuerdo con la Prodecon.

Después se interpuso el recurso de revocación, con lo cual se demostró que tales requisitos no se contemplaban expresamente en el decreto.

De esta manera se logró acreditar la ilegalidad de la actuación del SAT, al pretender imponer mayores requisitos que los de la norma.

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