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¿Qué dice la Norma por la que Profeco prohibió la venta de algunos quesos?

La Secretaría de Economía y la Procuraduría Federal del Consumidor comprobaron que diversos productos denominados como queso no cumplen con lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas

De acuerdo con la NORMA Oficial Mexicana NOM-223-SCFI/SAGARPA-2018, el queso es un producto blando, semiduro, duro y extraduro, madurado o no madurado, y que puede estar recubierto - Foto: Foto de archivo/EL UNIVERSAL
14/10/2020 |09:47Redacción |
Redacción El Universal
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La Secretaría de Economía ordenó el pasado martes la de 18 marcas de queso además de 2 marcas de yogurt natural por no cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas (NOMs).

De acuerdo con el , “la Secretaría de Economía, con la asistencia de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), comprobó que diversos productos denominados como ‘queso’ y ‘yogurt natural’ no cumplen con lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas, por lo que su comercialización se ha llevado a cabo en perjuicio y con información que puede inducir al engaño de los consumidores ”.

Las marcas denominadas como ‘ queso ’ cuya comercialización queda prohibida son:

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  1. Burr
  2. Fud
  3. Lala
  4. Zwan
  5. Walter
  6. Aurrera
  7. Frankly
  8. Galbani
  9. Portales
  10. El Parral
  11. Sargento
  12. Precissimo
  13. Caperucita
  14. Philadelphia
  15. Nochebuena
  16. Selecto Brand
  17. Cremería Covadonga
  18. Premier plus cuadritos

Los principales incumplimientos en esos productos son:

  1. Utilizar la leyenda “100% leche” cuando no cumplen con el porcentaje requerido.
  2. Adicionar grasa vegetal para sustituir la leche que deberían contener.
  3. No informar el porcentaje de uso de caseinatos para su elaboración.
  4. Proporcionar un menor gramaje que el declarado.

Respecto a las marcas denominadas como ‘ yogurt natural ’ queda prohibida la comercialización de:

  1. Danone natural
  2. Danone Bene gastro

Debido a que presentaron incumplimientos como:

  1. Adicionar azúcares.
  2. No cumplir con el contenido mínimo de leche.

Las marcas Lala y Philadelphia responden a suspensión de Profeco

Hace unas horas, Grupo Lala aseguró que el señalamiento que hizo la autoridad fue específicamente sobre el Queso Manchego Deslactosada Rebanado de 400 gramos , cuyas observaciones aclaró a la Profeco .

Por su parte, Mondelēz México aclaró que la información difundida por la autoridad fue referente al Queso Tipo Americano Philadelphia y al Queso Tipo Americano Philadelphia Reducido en grasa .

"Los procesos de producción de Mondelēz México cumplen con los más estrictos estándares nacionales e internacionales de calidad que son referencia en la industria en México y en el mundo", reiteró la marca en un comunicado.

¿Qué dice la Norma por la que la Profeco prohibió algunos quesos?

De acuerdo con la , Queso-Denominación, especificaciones, información comercial y métodos de prueba establecida en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el queso es un producto blando, semiduro, duro y extraduro, madurado o no madurado, y que puede estar recubierto, en el que la proporción entre las proteínas de suero y la caseína no sea superior a la de la leche y en el cual se puede adicionar hasta un máximo de 2% de concentrados de proteína de leche con caseína o caseinatos.

“Para los quesos frescos o madurados que se les adiciona concentrados de proteína de leche con caseína o caseinatos se debe indicar el contenido en porcentaje de caseína o caseinatos (hasta un máximo de 2%) del producto final, en la superficie principal de exhibición de la etiqueta, de un tamaño igual o mayor al tamaño del contenido neto”, explica el documento.

¿Qué dice la Norma por la que la Profeco prohibió algunos yogurts?

Según la , Yogurt-Denominación, especificaciones fisicoquímicas y microbiológicas, información comercial y métodos de prueba de igual manera establecida en el DOF , el yogurt es el producto obtenido de la fermentación de la leche , estandarizada o no, por medio de la acción de microorganismos Streptococcus thermophilus y Lactobacillus delbrueckii subespecie bulgaricus , y teniendo como resultado la reducción del pH.

Mientras que la Norma define yogurt natural como “aquel que no contiene edulcorantes, azucares añadidos, frutas, vegetales, cereales, saborizantes o aromatizantes, y pueden contener aditivos permitidos conforme a la legislación nacional vigente”.

Respecto al contenido mínimo de leche en el yogurt, la norma reitera que “la proporción de proteína láctea respecto a los sólidos lácteos no grasos totales contenidos en el yogurt no debe ser menor respecto de la proporción de proteína láctea presente originalmente en la leche”.

sg/lae

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