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La Secretaría de Economía ordenó el pasado martes la suspensión inmediata de la comercialización de 18 marcas de queso además de 2 marcas de yogurt natural por no cumplir con las Normas Oficiales Mexicanas (NOMs).
De acuerdo con el comunicado de prensa , “la Secretaría de Economía, con la asistencia de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), comprobó que diversos productos denominados como ‘queso’ y ‘yogurt natural’ no cumplen con lo establecido en las Normas Oficiales Mexicanas, por lo que su comercialización se ha llevado a cabo en perjuicio y con información que puede inducir al engaño de los consumidores ”.
Las marcas denominadas como ‘ queso ’ cuya comercialización queda prohibida son:
- Burr
- Fud
- Lala
- Zwan
- Walter
- Aurrera
- Frankly
- Galbani
- Portales
- El Parral
- Sargento
- Precissimo
- Caperucita
- Philadelphia
- Nochebuena
- Selecto Brand
- Cremería Covadonga
- Premier plus cuadritos
Los principales incumplimientos en esos productos son:
- Utilizar la leyenda “100% leche” cuando no cumplen con el porcentaje requerido.
- Adicionar grasa vegetal para sustituir la leche que deberían contener.
- No informar el porcentaje de uso de caseinatos para su elaboración.
- Proporcionar un menor gramaje que el declarado.
Respecto a las marcas denominadas como ‘ yogurt natural ’ queda prohibida la comercialización de:
- Danone natural
- Danone Bene gastro
Debido a que presentaron incumplimientos como:
- Adicionar azúcares.
- No cumplir con el contenido mínimo de leche.
Las marcas Lala y Philadelphia responden a suspensión de Profeco
Hace unas horas, Grupo Lala aseguró que el señalamiento que hizo la autoridad fue específicamente sobre el Queso Manchego Deslactosada Rebanado de 400 gramos , cuyas observaciones aclaró a la Profeco .
Por su parte, Mondelēz México aclaró que la información difundida por la autoridad fue referente al Queso Tipo Americano Philadelphia y al Queso Tipo Americano Philadelphia Reducido en grasa .
"Los procesos de producción de Mondelēz México cumplen con los más estrictos estándares nacionales e internacionales de calidad que son referencia en la industria en México y en el mundo", reiteró la marca en un comunicado.
¿Qué dice la Norma por la que la Profeco prohibió algunos quesos?
De acuerdo con la NORMA Oficial Mexicana NOM-223-SCFI/SAGARPA-2018 , Queso-Denominación, especificaciones, información comercial y métodos de prueba establecida en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el queso es un producto blando, semiduro, duro y extraduro, madurado o no madurado, y que puede estar recubierto, en el que la proporción entre las proteínas de suero y la caseína no sea superior a la de la leche y en el cual se puede adicionar hasta un máximo de 2% de concentrados de proteína de leche con caseína o caseinatos.
“Para los quesos frescos o madurados que se les adiciona concentrados de proteína de leche con caseína o caseinatos se debe indicar el contenido en porcentaje de caseína o caseinatos (hasta un máximo de 2%) del producto final, en la superficie principal de exhibición de la etiqueta, de un tamaño igual o mayor al tamaño del contenido neto”, explica el documento.
¿Qué dice la Norma por la que la Profeco prohibió algunos yogurts?
Según la NORMA Oficial Mexicana NOM-181-SCFI/SAGARPA-2018 , Yogurt-Denominación, especificaciones fisicoquímicas y microbiológicas, información comercial y métodos de prueba de igual manera establecida en el DOF , el yogurt es el producto obtenido de la fermentación de la leche , estandarizada o no, por medio de la acción de microorganismos Streptococcus thermophilus y Lactobacillus delbrueckii subespecie bulgaricus , y teniendo como resultado la reducción del pH.
Mientras que la Norma define yogurt natural como “aquel que no contiene edulcorantes, azucares añadidos, frutas, vegetales, cereales, saborizantes o aromatizantes, y pueden contener aditivos permitidos conforme a la legislación nacional vigente”.
Respecto al contenido mínimo de leche en el yogurt, la norma reitera que “la proporción de proteína láctea respecto a los sólidos lácteos no grasos totales contenidos en el yogurt no debe ser menor respecto de la proporción de proteína láctea presente originalmente en la leche”.
sg/lae