La secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), dio a conocer el Manual de Organización General de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), en el cual se le dan facultades para recaudar los ingresos federales aduaneros.
Para ello, la ANAM contará con una dirección general de Recaudación, según se establece en el Diario Oficial de la Federación (DOF), disposición que entrará en vigor a partir del día de su publicación.
Esta área, podrá recaudar directamente, por instituciones de crédito, terceros o a través de las oficinas de recaudación autorizadas, el importe de los ingresos federales aduaneros, aún y cuando se destinen a un fin específico.
Su objetivo será elaborar y definir proyectos y estrategias que contribuyan al incremento de la recaudación primaria de ingresos federales.
Lo anterior, facilitando el pago voluntario y oportuno, así como el cumplimiento de las obligaciones fiscales aduaneras por parte de los usuarios de comercio exterior.
Podrá implementar acciones orientadas a promover el pago de los adeudos fiscales exigibles determinados por las unidades administrativas competentes de la Agencia, mediante el cobro persuasivo.
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También celebrar convenios de colaboración con las autoridades competentes, que establezcan reglas operativas para el cobro de los créditos fiscales firmes, mediante el procedimiento administrativo de ejecución, fortaleciendo la colaboración operativa con las unidades administrativas de la Secretaría.
Se le dan facultades para enviar a los contribuyentes comunicados y, en general, realizar en el ámbito de su competencia, las acciones necesarias para promover el pago de los créditos determinados por la Agencia.
Lo anterior sin que por ello se considere el inicio de facultades de comprobación; así como calcular y enviar propuestas de pago a los contribuyentes relativos a los ingresos federales aduaneros.
Además determinar la responsabilidad solidaria respecto de créditos determinados por la Agencia, incluida la actualización, recargos y accesorios a que haya lugar.
Proporcionará a las sociedades de información crediticia o buró de crédito que obtengan autorización de la SHCP, información relativa a los adeudos en firme de los contribuyentes relativos a los ingresos federales aduaneros.
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