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En la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) , la Comisión Reguladora de Energía (CRE) publicó la metodología con la que fijará precios máximos al gas LP.
Horas después de que la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) emitió el “dictamen total final” al anteproyecto de dicha metodología, la CRE la publicó oficialmente.
La CRE publicó el “Acuerdo de la Comisión Reguladora de Energía que establece la regulación de precios máximos de gas licuado de petróleo objeto de venta al usuario final, en cumplimiento a la Directriz de Emergencia para el Bienestar del Consumidor de Gas Licuado de Petróleo, emitida por la Secretaría de Energía, con la finalidad de proteger los intereses de los usuarios finales”.
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En dicho documento expone que es necesario imponer precios máximos del gas LP para proteger al usuario final, tener precios accesibles, evitar la discriminación indebida, así como incluir margen de ganancia que permita la recuperación de costos a todos los que intervienen en la cadena de comercialización, distribución y expendio de combustible.
Ello porque se observa un incremento de precios de gas LP que en 2020 fue de 16.7% en tanto que la inflación fue de 3.2% en ese año, añadió que “el precio al usuario final incrementó 46% entre el mes de diciembre de 2020 comparado con el mes de diciembre de 2016”.
Para la CRE, “existen incrementos injustificados de precios de gas LP al usuario final, generados por altos márgenes de ganancia”, pues cuando suben los precios internacionales, se traslada directamente al consumidor el alza, pero cuando bajan no hay una reducción de precios inmediata.
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Cada región contará con un precio máximo aplicable a las ventas de gas LP al usuario final, y cada región tendrá un diferente precio, en función de los costos de venta.
cev/rcr