Telcel, Telefónica México y AT&T no pueden llamar a clientes para ofrecer promociones o paquetes.
La NOM 184 indica que las empresas que brindan servicios de telecomunicaciones deben abstenerse de realizar llamadas o enviar mensajes de texto a los consumidores a los que les provean servicios de telecomunicaciones.
“Promoviendo cualquier tipo de servicio de telecomunicaciones adicional al ya contratado, paquete, nuevo plan o producto (propio o
de terceros), así como publicidad de terceros, a menos que los
consumidores manifiesten su consentimiento expreso”, indica la Ley Federal de Telecomunicaciones
y Radiodifusión.
Sin embargo, las empresas de la competencia, que no son el proveedor directo del servicio, pueden realizar llamadas a usuarios de telefonía móvil, para evitarlo los usuarios pueden inscribir su número en el Registro Público para Evitar Publicidad (REPEP) de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).
Movistar detalló a EL UNIVERSAL que “pone a disposición [de los usuarios] la posibilidad de retirar su consentimiento a través de la solicitud que realice en sus canales de atención presenciales, telefónico o digital, a fin de que sea inscrito en la lista negra que opera máximo en cinco días hábiles a partir de la solicitud para detener su contacto con fines mercadológicos”.
Telcel y AT&T fueron contactadas, pero no estuvieron disponibles para hacer comentarios.
A septiembre del año pasado, Telcel contaba con 76 millones de usuarios de telefonía móvil; Telefónica Movistar, 27 millones, y AT&T México, 18.6 millones.
Entre el 1 de julio y el 30 de septiembre del año pasado, el sistema Soy Usuario del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) recibió 4 mil 443 inconformidades, de las cuales 44% corresponden al servicio de telefonía móvil.
Jorge Bravo, analista de Digital Policy and Law, comentó que al regulador le corresponde atender las quejas de los usuarios relacionadas con este tema cuando éstas ocurren, ya sea a través del portal Soy Usuario o con la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).
En este caso es importante que el usuario conozca sus derechos ya que puede molestarle que le llamen, pero no está enterado.