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Señor Director:
Me dirijo a usted para aclarar algunas imprecisiones publicadas en la columna: Historias de NegoCEOs, escrita por Mario Maldonado , el miércoles 11 en el periódico EL UNIVERSAL.
1.- El Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública , es el órgano administrativo desconcentrado del Gobierno del Estado de Oaxaca encargado de ejecutar, dar seguimiento y resoluciones de las disposiciones del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública dependiente de la Secretaria de Seguridad Pública y Protección Ciudadana.
2.- Conforme al artículo 134 constitucional, este órgano desconcentrado y al amparo de la Ley de Coordinación Fiscal, fueron concertados Fondos Financieros para los programas con Prioridad Nacional mediante Convenio de Colaboración con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el Estado de Oaxaca, para atender la Red Nacional de Radiocomunicación y servicio telefónico de emergencia 9-1-1.
3.- Para dar cumplimiento a los Acuerdos del Consejo Nacional de Seguridad Pública, aprobados en la Cuadragésima Segunda Sesión Ordinaria, celebrada el 30 de agosto de 2017, en la que se aprobó el Acuerdo: 10/XLII/17.- Red Nacional de Radiocomunicación: El Consejo Nacional de Seguridad Pública instruye al Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública para que en coordinación con la oficina del Comisionado Nacional de Seguridad realice un diagnóstico de la Red Nacional de Radiocomunicación, con base en el cual establezca un plan estratégico de corto, mediano y largo plazo que garantice la operación, mantenimiento y actualización de la misma en concordancia con el estado de la tecnología y buscando la libre competencia en relación con oferta tecnológica en el mercado. Cabe resaltar que en la última concertación para el Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública 2020, realizada en el mes de febrero, uno de los lineamientos fue que no se podía invertir en tecnología TETRAPOL con la salvedad que fueran digitales y exclusivamente para mantenimiento de las repetidoras, representando para la entidad una inversión de 10 millones de pesos solo para mantenimiento; lo que no resultaba aplicable ni eficiente para el Estado de Oaxaca.
4.- Fundado en lo anterior, he de precisar que conforme a normatividad vigente en materia de adquisiciones y de transparencia en el ejercicio de los fondos, y fundamental considerando las necesidades del sistema actual de radiocomunicación del Estado de Oaxaca, a 20 años a la distancia tiene serias limitaciones de crecimiento en capacidad, cobertura y calidad de servicio; que deriva en la necesidad de ser migrado a un sistema troncalizado de mejores cualidades técnicas permitiendo una evolución de la tecnología basada en un ecosistema estandarizado para los beneficiarios de la Seguridad Pública Estatal, Municipal y de Procuración de Justicia.
5.- Para eficientar el proceso de migración, es importante considerar el reúso de los equipos ya instalados e infraestructura existente; implementando una nueva plataforma compatible, o bien, hacer el cambio completamente de las repetidoras con las que se cuenta, cumpliendo con todas las necesidades de radiocomunicación del Estado.
6.- La migración a un Sistema troncalizado P25 permitirá proporcionar una mayor flexibilidad, cobertura y seguridad de la operación del sistema de comunicaciones, brindando un servicio confiable, además de controlar y coordinar las acciones entre los diferentes Servicios y Unidades sin que éstas pierdan su privacidad, salvaguardando la integridad del sistema de misión crítica, optimizando los recursos del Estado.
Secretario Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública