El Servicio de Administración Tributaria (SAT) colocó a 103 contribuyentes, casi todas empresas, entre las que destacan por primera vez joyerías de Taxco, Guerrero, y palenques en Jalisco, en el listado global de presunción de contribuyentes que se ubican en el supuesto de factureros.

Lo anterior, luego de que las autoridades fiscales detectaron que los contribuyentes señalados emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan las facturas electrónicas.

Como consecuencia, fueron ubicados en el supuesto de presunción previsto en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, por lo que les notificaron a cada uno de ellos el oficio individual de presunción, en el cual se pormenorizaron los hechos particulares por los cuales se consideró procedente la presunción.

Destacan empresas de Taxco, Guerrero, dedicadas a la orfebrería y joyería de metales y piedras preciosas distintos al oro, piezas artísticas y ornamentales de oro.

En Zapopan, Jalisco, detectó a empresas de consultoría en administración, servicios de administración de negocios, promotores de espectáculos artísticos, deportivos y similares sin instalaciones para presentarlos, agentes y representantes de artistas, deportistas y similares.

Es decir, los palenques y ferias que en plena pandemia llevaron a cabo actividades o simularon operaciones.

En la alcaldía Álvaro Obregón de la Ciudad de México se encontró a una distribuidora de gas, comercio al por menor de gas LP y cilindros para tanques estacionarios que factura para evadir al fisco.

Lo mismo en la alcaldía Miguel Hidalgo a una empresa que dice dedicarse a otros suministros de información.

En San Pedro Garza García, Nuevo León, identificó simuladoras de servicios de administración de negocios, agencias de publicidad, comercio al por mayor de calzado, confección de ropa y de uniformes escolares e industriales, ropa de trabajo, y comercio al por mayor de ropa.

Todas tienen 15 días de plazo a partir de que recibieron el oficio de notificación para presentar un escrito libre en original y dos copias, firmado por el contribuyente o su representante legal, a través del cual manifiesten lo que a su derecho convenga, anexando a dicho escrito la documentación e información que consideren pertinente para desvirtuar los hechos.

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