Cartera

Pequeños contribuyentes solo tienen esta semana para activar firma electrónica y buzón tributario: SAT

Se trata de todos los contribuyentes que tengan una actividad empresarial o profesional que tributen en el Régimen Simplificado de Confianza

Las multas por no dictaminar sus estados financieros o presentarlo fuera de plazo parten de los 15 mil 410 pesos. Foto: Especial
25/09/2023 |13:17
Leonor Flores
reportera de la sección CarteraVer perfil

La prórroga que dio el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a los pequeños contribuyentes para que puedan cumplir con sus obligaciones fiscales ya se está acabando.

Tienen únicamente esta semana para poder activar su firma electrónica y el buzón tributario, así como para emitir sus facturas con las aplicaciones “Factura fácil” y “Mi nómina” de “Mis cuentas”.

Se trata de todos los contribuyentes que tengan una actividad empresarial o profesional que tributen en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico).

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Es decir los que tengan una cafetería, cocina económica, cantina, bares, tiendas de abarrotes, misceláneas, minisúper, escuelas, guarderías, ferreterías, refaccionarias, taller mecánico, imprenta, restaurante o estética y peluquería.

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Incluye también a los abogados, contadores, médicos, odontólogos, entre otros servicios profesionales.

Además, son del régimen del Resico los que obtuvieron ingresos por el uso o goce de bienes inmuebles como el arrendamiento de departamentos, casas y locales comerciales.

De igual manera están contemplados los que tienen actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras que están en el régimen conocido como AGAPES.

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Son todas las personas físicas con ingresos hasta de 3.5 millones de pesos, y que deben pagar una tasa del impuesto sobre la renta (ISR) que va desde 1% hasta 2.5 %.

El pasado 30 de junio, el SAT les otorgó un nuevo plazo que termina este 2 de octubre para contar con la firma electrónica y el buzón tributario activados, y para comenzar a facturar en las aplicaciones disponibles en el portal del órgano recaudador de impuestos.

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vcr

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