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A la International Chamber of Commerce México (ICC México) le preocupa la creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil , pues implica grandes gastos públicos tanto en el registro como por los amparos que interpondrán los ciudadanos.
“La creación del Padrón ha causado y causará un enorme dispendio de recursos públicos porque, además de su creación y mantenimiento, en un padrón aproximado de 126 millones de usuarios de teléfonos celulares, es previsible que una cantidad relevante acuda al juicio de amparo y, con ello, se recargue la tarea jurisdiccional que -de por sí- tiene una importante carga para resolver éste y otros temas de trascendencia nacional”, detalla la ICC México.
Aunque la organización entiende la preocupación del gobierno para detener los delitos que se realizan usando teléfonos móviles, la ICC México considera que, como pasó en países que implementaron un registro de datos biométricos como se aprobó hacerlo en nuestro país, la solución no será efectiva.
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“Por el contrario, pone en riesgo otros derechos fundamentales de los usuarios de teléfonos móviles presentes y futuros, como es su derecho a la privacidad y a la intimidad, su derecho de acceso a las telecomunicaciones y tecnologías de la información, entre otros”, dijo.
En un comunicado, la Cámara destacó que recabar más datos de como se hará con el padrón, no es la justificación adecuada para el combate a la delincuencia.
“El fondo del asunto es una cuestión de idoneidad, proporcionalidad y de efectividad en la persecución del delito”.
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Por otra parte, la organización menciona que aunque el 31 de mayo finalizó el plazo para que las personas físicas y morales que estuvieran en desacuerdo de proporcionar sus datos, promovieran un amparo, quienes no lo hicieron, aún tendrán una segunda oportunidad de 15 días hábiles para impugnar el registro cuando ocurra el primer acto de aplicación en su perjuicio.
Registro de datos biométricos no es solución efectiva
La ICC México reiteró que la reforma por la que se crea el padrón provocará más amparos una vez que se registre el primer acto de aplicación, por ser una legislación desproporcional, innecesaria y nada idónea.
El registro de datos biométricos no es una solución efectiva y no solo eso, “pone en riesgo otros derechos fundamentales de los usuarios de teléfonos móviles presentes y futuros, como es su derecho a la privacidad y a la intimidad, su derecho de acceso a las telecomunicaciones y tecnologías de la información, entre otros”.
Quienes no quieran registrarse, perderán su derecho a estar comunicados desde un dispositivo móvil, por ello, una vez que se lleve a cabo el primer acto de aplicación de la legislación habrá más amparos.
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Porque quienes no lo hicieron inmediatamente después de que se presentó la ley, “aún tendrán una segunda oportunidad de 15 días hábiles para impugnar el PANAUT cuando ocurra el primer acto de aplicación en su perjuicio”.
Explicó que “es previsible que una cantidad relevante acuda al juicio de amparo y, con ello, se recargue la tarea jurisdiccional que -de por sí- tiene una importante carga para resolver éste y otros temas de trascendencia nacional”.
ICC México afirmó que “las empresas concesionarias de telecomunicaciones de servicios móviles van a tener que disponer de sus propios recursos para cumplir con la obligación de recabar esta información, con todas las medidas de seguridad que se requieren para datos biométricos, lo cual implica un nivel muy alto para evitar la fuga de información”.
Aseguró que el dictamen de la iniciativa “fue precario” y el Congreso tuvo una discusión “limitada” del tema.
cev