Cartera

Onexpo rechaza prisión preventiva por fallas

Las reformas pueden significar sobrerregulación adicional, dice

Para Onexpo, se equiparan las fallas técnicas y no dolosas con el mercado ilícito, sin considerar factores propios del mercado. Foto/ARCHIVO EL UNIVERSAL
08/10/2019 |02:13
Noé Cruz Serrano
Reportero de la sección CarteraVer perfil

noe.cruz@eluniversal.com.mx

Los gasolineros del país manifestaron su desacuerdo con la posibilidad de ser sujetos de prisión oficiosa por fallas que puedan presentar sus estaciones de servicio, como lo sugiere el dictamen de iniciativa aprobado para prevenir y sancionar conductas involuntarias y no dolosas relacionadas con los delitos en materia de hidrocarburos.

En un comunicado, la Onexpo, la mayor agrupación de empresarios de estaciones de servicio de México, sostuvo que “que únicamente mediante el mejor conocimiento y el uso de información de inteligencia y el trabajo en conjunto de todos los sectores involucrados y de diversas instancias y entidades de gobierno, podrá reducirse hasta su total eliminación el robo de combustibles y el mercado ilícito de hidrocarburos”.

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Es lamentable que varias de las reformas puedan resultar en un ejercicio adicional de sobrerregulación, que proyecten incertidumbre y desconfianza, agregó.

Consideró que la alteración involuntaria y no dolosa de sistemas de medición, de calidad y entrega inferior de los combustibles son conductas que “no deben ser incorporadas en la reforma como delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa”.

Detalló que la Comisión de Justicia de Cámara de Diputados aprobó el 25 de septiembre el dictamen de las iniciativas que reforman y adicionan el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales y un párrafo del artículo 4 de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar Delitos en Materia de Hidrocarburos, que propone la prisión preventiva oficiosa para sancionar conductas involuntarias y no dolosas, muchas de ellas de carácter técnico o fallas a consecuencia de la operación cotidiana de las estaciones de servicio.

Como empresarios, agregó, “estamos conscientes de que deben aplicarse medidas dirigidas a combatir y evitar la sustracción ilícita y el robo de hidrocarburos”.

Sin embargo, el dictamen pretende equiparar las fallas técnicas y alteraciones no dolosas ni intencionales de los sistemas de medición o de la calidad de los combustibles con acciones propias del mercado ilícito de combustibles, sin considerar la dimensión de la afectación, ni tomar en cuenta fenómenos presentes propios del mercado y de las transacciones entre particulares, con bienes propiedad de particulares y que no pertenecen a la nación ni al patrimonio nacional.

Las fallas y errores involuntarios y no dolosos de funcionamiento en sistemas de medición —y que las propias autoridades conocen— ocurren y suelen presentarse en el funcionamiento de equipos e instrumentos diversos, entre otros casos por la instalación de sistemas de recuperación de vapores ordenada por la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) o por fallas intrínsecas como el desgaste de unidades de medición, disfunciones por descargas eléctricas y otros factores que provocan errores no dolosos en instrumentos sujetos a verificación metrológica oficial.

Aplicar la prisión preventiva oficiosa a empresarios gasolineros legalmente constituidos —que respetan las leyes y normas— como medida para garantizar la comparecencia de personas imputadas en un juicio, carece de justificación, enfatizó.

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