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​Sanciones por retrasos de aerolíneas, vigentes en noviembre

En caso de que el vuelo presente un retraso o demora imputable a la aerolínea de 1 a 2 horas, los pasajeros recibirán descuentos para vuelos posteriores y/o alimentos y bebidas

Foto: Archivo / EL UNIVERSAL
03/10/2017 |17:14
Sara Cantera
Reportera de la sección CarteraVer perfil

sara.cantera@eluniversal.com.mx

En seguimiento a la reforma de la Ley de Aviación Civil (LAC), la Cámara Nacional de Aerotransporte (Canaero) informó que las compensaciones a los pasajeros por restrasos de las aerolíneas entrarán en operación en noviembre.

Canaero indicó que ha cumplido con el plazo establecido en los transitorios de la Ley, referentes al registro de las políticas de compensación de las aerolíneas que operan en el país ante la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) y ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) en caso de demoras.

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En un comunicado, Sergio Allard, presidente de Canaero, dijo que las aerolíneas ya cumplieron con el registro de las políticas de compensación , pero su aplicación no es inmediata.

“El registro que realizaron las aerolíneas ante la DGAC y Profeco responde al cumplimiento de la vigencia establecida en el transitorio séptimo a partir de la publicación de la reforma a la Ley en el Diario Oficial de la Federación, el pasado 26 de junio”, agregó Allard.

A partir de noviembre, en caso de que el vuelo presente un retraso o demora imputable a la aerolínea de 1 a 2 horas, a los pasajeros les darán descuentos para vuelos posteriores y/o alimentos y bebidas.

Si el retraso es de 2 a menos de 4 horas, la compensación no podrá ser menor al 7.5% del precio del boleto.

Y si el vuelo se retrasa más de 4 horas, se considerará cancelado y la aerolínea deberá reintegrar el costo del pasaje más una indemnización no inferior al 25% del precio del boleto en un máximo de 10 días naturales.

Canero agregó que en caso de que las políticas de compensación de las líneas aéreas se modifiquen estás se deberán presentar ante la DGAC para su validación al menos quince días naturales antes de su entrada en vigor.

Las aerolíneas reafirmaron su posición para continuar transitando hacia las mejores prácticas internacionales, hacia el cumplimiento y aplicación de los tratados internacionales de la industria, en términos de lo establecido en el artículo 51 de la Ley de Aviación Civil, en beneficio de la seguridad y derechos del viajero.

lsm

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