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La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) publicó la Norma Oficial Mexicana NOM-117-SCT3-2016 relativa a la gestión de la fatiga en la tripulación de vuelo.

La norma busca reducir incidentes o accidentes en la operación aérea a través de la gestión del agotamiento mediante un Sistema de Gestión de Riesgos Asociados a la Fatiga (FRMS).

Indica que la tripulación volará un máximo de 90 horas mensuales: ocho horas diarias en jornada diurna y siete en nocturna; 7.5 horas diarias en jornada mixta; 30 horas durante siete días consecutivos y mil horas anuales.

La Asociación Sindical de Pilotos Aviadores de México (ASPA) había pedido la publicación de esta norma antes de discutir el incremento de 90 a 100 horas mensuales de vuelo, como se está planteando en el Congreso.

Francisco Ortigoza, director técnico de Asuntos Técnicos y del Exterior de ASPA, dijo que la norma está apegada a los preceptos de la Organización de Aviación Civil Internacional. “Cada operador decidirá qué tipo de sistema implementa para gestionar la fatiga”.

Los operadores seleccionarán el método de gestión de fatiga de acuerdo al tamaño, naturaleza y complejidad de sus operaciones.

La norma también indica que cualquier tripulante de vuelo puede negarse a prestar un servicio, reducir el periodo de vuelo programado o prolongar el periodo mínimo de descanso, para no perjudicar la seguridad del vuelo.

“Son de esas grandes cosas que se tienen que hacer y que no se ven. Está comprobado que la fatiga crónica de vuelo genera cuadros de estrés, problemas cardíacos, disrupciones del sueño, apnea del sueño y problemas al nivel órganos y de esta manera reduces la carga de seguridad social de las propias empresas porque se enferma menos la gente”, apuntó.

La norma entrará en vigor 60 días naturales posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), y su implementación total podría tomar hasta seis meses.

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