La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ganó una acción colectiva por cobros indebidos que realizó Nextel en 2012 y que, tras su adquisición, corresponden a AT&T México .

De acuerdo con la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), los beneficiarios serán los aproximadamente 3.5 millones de usuarios que tenía la empresa en 2012 y los que han tenido el servicio hasta la fecha.

“Incluso aquellos usuarios que hayan o no presentado queja ante la Procuraduría, o que no hayan sido representados por Profeco en la demanda, y los que se adhieran a los beneficios de la sentencia colectiva, en el plazo de hasta un año, a partir del presente comunicado”, señala la dependencia.

En el comunicado, la Procuraduría señala que es la decisión es histórica porque hasta ahora no se había logrado una sentencia favorable de carácter colectivo en favor de las personas a quienes se representa.

La Corte resolvió que Nextel, ahora AT&T, “realizó a partir de 2012, conductas que ocasionaron daños y perjuicios a diversos consumidores-usuarios en pospago y prepago de los servicios de radiocomunicación móvil especializada en flotillas, transmisión bidireccional de datos en cualquiera de sus modalidades, de acceso inalámbrico fijo o móvil, radio conferencia y radio internacional con los Estados Unidos, Argentina, Brasil, Perú, Chile (Radio Evolución)”.

Esto se debe a que realizó cobros indebidos a los consumidores usuarios por servicios no proporcionados, deficientes o con características y contenidos diferentes a los planes o paquetes ofrecidos, por servicios adicionales cancelados, por ajustes y cobro de tarifas sin aclaración o previo aviso y aceptación expresa, escrita o vía electrónica de los consumidores usuarios, detalla la Profeco.

La empresa debe reparar los daños causados “consistentes en la devolución de las cantidades ciertas y en dinero”.

“Condena a “Nextel” ahora “AT&T” al pago de interés legal a razón del 9% anual, sobre las cantidades que se hayan generado y se continúen generando por concepto de cobros indebidos calculados a partir del día siguiente en que el consumidor realizó el pago, hasta la total conclusión del juicio colectivo, previa su liquidación en ejecución de sentencia”.

También se obliga a la empresa a cubrir una indemnización adicional a cada consumidor correspondiente al 20% de los cobros indebidos.

La Profeco pide a los consumidores afectados que acudan a las delegaciones, subdelegaciones y unidades de servicio, de lunes a viernes, en un horario de 9 a 15 horas, con: original y copia legible de documentos que acrediten los cobros indebidos por parte de la empresa.

Así como correos electrónicos o escritos presentados ante el proveedor, en los que se haya realizado alguna reclamación o cancelación de servicios y éste se haya sido negado a dar satisfacción y la precisión de los planes pos pago o prepago, número móvil o telefónico, “ID” y las tarifas que se le cobraban por los planes o paquetes contratados.

También debe presentarse original y copia de una identificación oficial y de un comprobante de domicilio vigente no mayor a tres meses.

La postura de AT&T

EL UNIVERSAL buscó una posura de la empresa, la cual afirma en una carta que esta resolución del Tribunal Unitario en materia civil "inició mucho antes de que AT&T entrara al mercado y es parte de un conjunto de acciones colectivas que fueron presentadas contra todas las compañías de telefonía móvil en México".

AT&T reitera que opera "en apego a la ley en todos los mercados donde tiene presencia".

"Toda vez que esta resolución no es definitiva, no podemos hacer un pronunciamiento al respecto. Sin embargo, estaremos pendientes de la evolución de este caso", afirma.

ml

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