Cartera

Multa el SAT a parroquia con 19 mdp; no dio aviso antilavado

Contadores del país piden tregua a autoridad fiscal para no sancionar a causantes que cumplen de manera voluntaria

20/09/2018 |00:26Leonor Flores |
Redacción El Universal
Pendiente este autorVer perfil

cartera@eluniversal.com.mx

Debido a que se están aplicando multas estratosféricas como la que recibió una parroquia por 19 millones de pesos, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) pidió una tregua para que en la presentación de los avisos antilavado no se sancione a las que cumplan de manera voluntaria.

“Nos enteramos de una multa que le llegó a una pequeña parroquia por 19 millones de pesos”, dijo en conferencia de prensa el presidente del instituto, José Besil.

Newsletter
Recibe en tu correo las noticias más destacadas para viajar, trabajar y vivir en EU

Explicó que una asociación religiosa por el grado de limosnas que recibe y la aplicación que hace sobre eso también puede ser considerada una entidad con operación de actividad vulnerable.

Los Avisos de Actos u Operaciones, así como informes en ceros y los relativos a las Actividades Vulnerables, se prevén en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, conocida como ley antilavado.

Todas las actividades consideradas vulnerables al lavado de dinero están obligadas a presentar cada mes un reporte de operaciones o aviso en ceros ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), instancia que a su vez aplica las multas por incumplir.

De no cumplir en tiempo y forma son acreedores a multas que pueden llegar a los 24 millones de pesos.

Entre los sujetos obligados están, además de casinos, desarrolladores inmobiliarios, empresas de blindaje, joyerías, distribuidores de autos y tarjetas de crédito, asociaciones religiosas por recibir donativos.

El presidente de los contadores expuso que las multas han sido por omisiones y violaciones al límite de efectivo en los avisos antilavado.

Por esta razón pidió una amnistía en la aplicación de multas.

En el instituto nos pronunciamos por solicitar a las autoridades, dentro de la legislación aplicable, incluir el concepto de “no multa por cumplimiento espontáneo”, externó.

Te recomendamos