Más Información
Denuncian agresión de presuntos militares contra trabajadores en Tamaulipas; una de las víctimas falleció, tenía huellas de tortura
Elección judicial: Aspirantes a cargos comparten carta de motivos y hasta currículum; “Justicia no debe ser inaccesible”, afirman
Yasmín Esquivel defiende la reforma judicial en Con los de Casa; alejado de la realidad pensar que es una venganza política, afirma
La declaración anual en el Servicio de Administración Tributaria (SAT), se realiza cada año con el objetivo de cumplir con las obligaciones fiscales que competen a personas físicas y morales.
Hoy en día es más sencillo porque es posible realizarlo en línea a través de la página oficial del SAT.
Los requisitos son los siguientes: e.firma o contraseña, RFC, facturación de gastos personales (para cotejar información o solicitar deducción), constancia de percepciones y retenciones (para solicitar una deducción), y la CLABE de cuenta bancaria del contribuyente.
¿Cuáles son los pasos para realizar la declaración?
El primer paso es entrar a la página del SAT, posteriormente dar clic en la opción “Declaraciones”, una vez ahí el siguiente paso es dar clic a la opción “Anual” y ahí mismo aparecerá “Presenta tu Declaración Anual de personas físicas para 2022”.
Lee también: Silicon Valley Bank golpea a México
Foto: Captura
Una vez dentro, la opción que aparecerá es para personas físicas, es decir, aquel individuo que realiza cualquier actividad económica (vendedor, comerciante, empleado, profesionista, etc.).
Los pasos son los siguientes:
1. Selecciona Iniciar
Foto: Captura
2. Ingresa a la aplicación con tu RFC y contraseña.
3. Llena los datos que te solicita la declaración.
4. Firma, en su caso, tu declaración y envíala.
5. Obtén el acuse de recibo de la declaración y, en su caso, línea de captura.
Si optaste por parcialidades, obtendrás los formatos con las líneas de captura con el importe a pagar en cada una de ellas.
Es importante mencionar que como persona física tienes hasta el mes de abril para presentar tu declaración anual.
Declaración para personas morales
Las personas morales o empresas deben declarar los meses de enero, febrero y marzo, aunque el plazo se alargó hasta el 3 de abril.
Suscríbete aquí para recibir directo en tu correo nuestras newsletters sobre noticias del día, opinión y muchas opciones más.
ayef