Cartera

Intercambio de criptomonedas debe cumplir la ley antilavado

Prevención. Los sitios de compra-venta de criptomonedas, casas de venta y cajeros de los activos son considerados como susceptibles al lavado. ARCHIVO EL UNIVERSAL
14/09/2019 |00:43
Leonor Flores
reportera de la sección CarteraVer perfil

cartera@eluniversal.com.mx

El intercambio de activos virtuales en México es considerada una actividad vulnerable al lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, advirtió el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Las instituciones financieras que provean plataformas para realizar el intercambio deberán cumplir la ley antilavado en el país.

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De acuerdo con la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, desde el 9 de septiembre de 2019, ese tipo de operaciones son consideradas como actividad vulnerable al lavado.

También se incluyen como susceptibles para blanquear o financiar a terroristas a las facilitadoras de wallets, sitios de compra-venta de activos virtuales, casas de venta de criptomonedas, cajeros de los activos y plataformas digitales.

Tendrán que incorporarse al padrón de actividades vulnerables del SAT, están obligadas a hacer la identificación de usuarios y, en su caso, solicitar la información del dueño beneficiario.

Deberán avisar a las autoridades cuando se realicen operaciones por una cantidad igual o superior a 645 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a 54 mil 496 pesos. Además, tendrán que actualizar sus datos en el padrón de actividades vulnerables.

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