Cartera

Infiltrados, contra los factureros fantasma

Delito daña al erario con 500 mmdp al año: PFF; proyecto evitará que delincuentes burlen ley

Carlos Romero, procurador Fiscal de la Federación, dijo que el monto anual de la evasión con facturas supera el costo de programas sociales. ARCHIVO EL UNIVERSAL
21/08/2019 |00:12
Leonor Flores
reportera de la sección CarteraVer perfil

cartera@eluniversal.com.mx

Además de testigos protegidos y la intervención de comunicaciones, habrá infiltrados para atacar con todo a la delincuencia organizada de factureros fantasma, dijo el procurador Fiscal de la Federación (PFF), Carlos Romero Aranda.

Señaló que la propuesta de reforma al Código Fiscal de la Federación, entre otras normas, incluye a la figura de los infiltrados, la cual se hará bajo el debido proceso.

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En entrevista durante el Conversatorio México organizado en el Senado, añadió que esto da lugar a la prisión preventiva oficiosa.

Explicó que con esto se busca llegar a las cabezas de las organizaciones criminales de factureros, ya que son los beneficios que da el estado de excepción del régimen de la delincuencia organizada.

Estos son criterios de oportunidad, que son los testigos protegidos para llegar a las cabezas y la intervención telefónica, precisó.

Infiltrados, contra los factureros fantasma

“Tenemos que ir con medidas semejantes para ir a esas cabezas”, advirtió. Hizo ver que el monto de defraudación fiscal rebasa al costo de programas sociales cada año.

Los testigos. Carlos Romero Aranda mencionó que cualquier persona puede ser testigo protegido, como por ejemplo los prestanombres o testaferros.

“Que digan quién fue el que los contrató y quién es el beneficiario final”, matizó.

El abogado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público consideró que la iniciativa tiene filtros de seguridad para que los delincuentes no ganen en tribunales.

“Son filtros de seguridad, porque primero está el SAT, la Procuraduría Fiscal de la Federación, luego la Fiscalía General de la República y el juez de control”, expuso.

Estableció que si bien se pueden presentar amparos, de eso a que procedan será muy difícil.

Compensación universal. Más adelante el titular de la Procuraduría se refirió a los amparos interpuestos por contribuyentes contra la compensación universal.

Explicó que lo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió hace unos días fue una contracción de tesis.

Se estableció que en materia de suspensión provisional no se debe conceder la suspensión cuando se ataca la compensación universal.

El funcionario incluso destacó que tienen criterios más favorables que desfavorables.

Pero será la Corte en definitiva la que resuelva sobre el caso.

Aclaró que eso no implica que Hacienda ya ganó, ni tampoco que los amparos queden sin efecto, porque la Corte fijará un criterio por jurisprudencia y ese será obligatorio para los colegiados y juzgados que los tengan.

De acuerdo con cifras de la dependencia, se interpusieron más de 8 mil amparos contra la eliminación de la compensación universal que aprobó el Congreso de la Unión como parte de la Ley de Ingresos de la Federación 2019.

Antes un contribuyente podía hacer el acreditamiento de su saldo a favor del IVA contra el ISR.

Actualmente, sólo se puede hacer contra este mismo impuesto, es decir de IVA contra IVA y de ISR contra ISR.

El espíritu del cambio fue que los evasores, sobre todo los factureros de operaciones sin sustento, eran los más beneficiados con esa facilidad fiscal.

Sin embargo, fiscalistas y contadores pugnaron porque se conservara la compensación universal y no se limitara, pues las empresas serían afectadas porque tendrán que destinar parte de su presupuesto al pago del ISR.

Lo anterior, afectaría los procesos de inversión en proyectos y el flujo de efectivo.

La autoridad fiscal no dio marcha atrás y esperaba recaudar una gran cantidad con ese cambio.

La compensación universal fue creada en 2004 como un esquema que permitía a contribuyentes y empresas disminuir los saldos que tuvieran favor de las cantidades que resultaban a pagar por adeudos propios o por retención a terceros, aunque sea de impuestos distintos.

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