Cartera

IFT no debió dar TV a MVS: comisionado

Adolfo Cuevas expone que no se cumplió obligaciones de títulos

Comband, empresa de MVS, podrá ofrecer TV digital abierta en la Ciudad de México si paga 61 millones 385 mil 779 pesos. ARCHIVO EL UNIVERSAL
29/04/2019 |01:26Carla Martínez |
Redacción El Universal
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Adolfo Cuevas, comisionado del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) opinó que el regulador no debió permitir que MVS, a través de la empresa Comband, pueda ofrecer televisión abierta en la Ciudad de México.

“No se debió determinar procedente la solicitud de servicio adicional de TDT (Televisión Digital Terrestre) a Comband, al no encontrarse en cumplimiento de las obligaciones previstas en sus respectivos títulos de concesión, y las derivadas de las leyes en telecomunicaciones, radiodifusión y competencia económica en concordancia con el artículo 28 Constitucional”, indica en su voto particular.

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De acuerdo con la resolución del Pleno del IFT del 20 de febrero de este año, Comband, empresa de MVS, podrá ofrecer televisión digital abierta en la Ciudad de México si paga la contraprestación por 61 millones 385 mil 779 pesos.

En su voto, Cuevas menciona que consideró improcedente la solicitud de la empresa para ofrecer el servicio de televisión digital abierta que se basa en dictámenes de la Unidad de Cumplimiento en el que se indica que al 30 de septiembre de 2014, MVS contaba con sólo tres usuarios activos.

Además, el informe de los auditores independientes al Consejo de Administración y accionistas de MVS de 29 de julio de 2014, destaca que “había sido su estrategia migrar a suscriptores al sistema ‘Dish’”.

“En tal sentido, si la concesionaria cuenta con sólo tres usuarios en un mercado de más de 2 millones 600 mil usuarios potenciales, ello me lleva a presumir que son simbólicos y posiblemente generados de manera artificial”.

El comisionado opina que MVS no acreditó la prestación del servicio originalmente concesionado, por lo que no se debió admitir el análisis de determinación de procedencia de la solicitud de servicio adicional.

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