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Para el expresidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana ( Coparmex ), Gustavo de Hoyos, la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ( SCJN ) de dar marcha atrás a los cambios que hizo el gobierno para determinar prisión preventiva oficiosa por imputaciones fiscales es un triunfo.
Ello porque la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó la reforma del gobierno por la que ante una imputación fiscal se ordenaba prisión preventiva contra el supuesto infractor.
Sin embargo, la SCJN consideró que ello viola el principio de presunción de inocencia.
De Hoyos, en 2019, como presidente de Coparmex presentó una opinión en torno al caso a la Suprema Corte bajo la figura de Amicus Curie .
“Ganamos una batalla por los derechos humanos. La @SCJN invalidó la reforma del gobierno que ordenaba prisión preventiva oficiosa por imputaciones fiscales”, escribió en su cuenta de Twitter.
En ese tuit, De hoyos reconoció la labor de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y de los senadores de la oposición que apoyaron ese caso que iba en contra de la Constitución.
Y es que hoy, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ( SCJN ) invalidó la prisión preventiva de oficio establecida para quienes cometen delitos fiscales como defraudación , contrabando y facturación de operaciones simuladas o inexistentes (factureras).
Durante la sesión del Pleno de la Corte, los ministros analizaron las acciones de inconstitucionalidad presentadas por senadores de la oposición y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en contra del decreto del 8 de noviembre de 2019.
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En dicho decreto se agregaron los delitos fiscales en el listado de delitos que merecen prisión preventiva de oficio, se les clasificó también al catálogo de conductas de delincuencia organizada , se les consideró un riesgo a la seguridad nacional y, en consecuencia, se prohibió la celebración de acuerdos reparatorios y el otorgamiento de criterios de oportunidad a quienes cometan estos delitos.
Los ministros consideraron que con esta reforma el poder legislativo excedió sus facultades al extender la prisión preventiva de oficio a delitos no contemplados en el artículo 19 de la Constitución federal.
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ardm/rcr