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cartera@eluniversal.com.mx
El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) propuso que dadas las circunstancias por los sismos ocurridos el 7 y 19 de septiembre, las donaciones que realicen las personas y empresas durante 2017 y 2018 deben ser 100% deducibles de impuestos. La medida debería ser de carácter extraordinario, consideró.
Actualmente la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), establece que los donativos pueden ser deducibles, pero tienen ciertos límites.
Para las empresas (personas morales), el monto deducible es hasta por un monto de 7% de la utilidad fiscal del ejercicio inmediato anterior. En tanto, para las personas físicas es de 7% de los ingresos acumulables del ejercicio anterior.
Esto significa que de acuerdo con la Ley del ISR vigente, son deducibles siempre y cuando el valor del donativo no supere 7% del ingreso acumulable de la persona física.
Por ejemplo, si sus ingresos acumulables en el año ascienden a un millón de pesos, el donativo no puede ser mayor a 70 mil pesos, para que sea deducible.
Las deducciones en materia de donaciones no estaban topadas antes de 2014, pero con la reforma hacendaria el Congreso de la Unión aprobó los cambios propuestos por el Ejecutivo para limitarlas, al considerar que se abusaba de este estímulo fiscal.
Para que proceda la deducción de impuestos en las donaciones, el contribuyente debe verificar en la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT), la lista de las instituciones que están autorizadas para recibir aportaciones.
Por esa razón las donaciones que se realizan por boteo no son deducibles, ya que no hay un comprobante que avale el donativo para efectos fiscales.
La reforma indica que si la aportación es mayor a 2 mil pesos, tiene que ser con cheque, tarjeta bancaria o por una transferencia electrónica. Si es menor a dicha cantidad, podrá realizarse la operación en efectivo.
“Por lo anterior, se propone que mediante decreto presidencial, se establezca que todos los donativos que se realicen en los ejercicios fiscales de 2017 y 2018 no tengan ningún límite de deducibilidad, en la medida en que dichos donativos sean entregados en dinero o especie a las donatarias autorizadas por la Ley del Impuesto sobre la Renta”, consideró el presidente del IMCP, José Luis García.
Explicó que la sociedad civil ha realizado esfuerzos importantes para apoyar con donativos en dinero y especie a sectores de la sociedad afectados por dichos sismos.
Debido a la magnitud de los sismos, es una situación extraordinaria de apoyo la que se requiere, señaló el directivo.
Con candados. Hay que recordar que con la reforma fiscal a las donatarias se les pusieron más candados para evitar el abuso por parte de algunos contribuyentes.
Una de ellas, fue prohibirles hacer donaciones a otras instituciones de las catalogadas sin fines de lucro.
Por eso, la semana pasada, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), autorizó al SAT, quitar esa prohibición.
Lo anterior, con el fin de dar mayor agilidad a los donativos que reciba el nuevo fideicomiso Fuerza México que constituyó la iniciativa privada en Nacional Financiera (Nafin).
Con la publicación de esta regla, el fideicomiso podrá obtener recursos de la sociedad civil y coadyuvar en la reconstrucción de las zonas afectadas por los sismos.