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tania.casasola@eluniversal.com.mx
Tras el sismo del 19 de septiembre, muchas familias lo han perdido todo, y entre el nerviosismo y el caos por lo que ocurrió, algunos apenas comienzan a analizar las posibilidades que tienen para recuperar su patrimonio. Aquí te dejamos algunos escenarios:
¿Y si estoy pagando un crédito hipotecario?
Si tu vivienda resultó afectada por el sismo y fuiste desalojado o tuviste una pérdida total del inmueble y tienes un crédito con el Infonavit, el ISSSTE o alguna institución bancaria, debes saber que estás asegurado por ley, aunque no al 100%.
Todos los inmuebles hipotecados (que se están pagando) tienen un seguro. Lo que has pagado no lo pierdes, de hecho para eso sirve el seguro.
De acuerdo con Surya Palacios, de Abogados Ayudando, este seguro no cubre el menaje, esto quiere decir, todo lo que tienes dentro de tu departamento como televisiones, computadoras, refrigeradores, lavadora, sala, entre otros objetos. Todo eso no está asegurado.
Sin embargo, cada situación es diferente, en la mayoría de los casos, explica Carlos Vélez, de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados, A.C, sólo se puede recuperar lo erogado, es decir, lo que has pagado hasta ese momento, y no el total de lo que vale tu vivienda ya que aún no está pagada.
En la mayoría de los casos en los primeros años se pagan únicamente los intereses, el financiamiento de la casa; ya una vez concluida esa parte se comienza a pagar el costo del inmueble. Si se tiene el seguro, lo que se recupera es la fracción que se haya pagado de la deuda, no de intereses.
Este seguro de las viviendas con créditos hipotecarios vigentes , prácticamente lo que hace es asegurar el dinero del banco o de la institución con la que se tiene el crédito, en tu caso, lo que ya pagaste.
El trámite para hacer válido el seguro puede tardar de dos a tres meses ya que se tiene que hacer una investigación primero, explica Palacios.
“Ya terminé de pagar mi hipoteca”
Aquí hay dos escenarios. Si ya liquidaste tu crédito y contrataste un seguro hay buenas noticias, pues estás respaldado contra algún fenómeno natural como el sismo de 7.1 grados del pasado 19 de septiembre.
Para hacerlo válido debes acudir a la institución o banco con el documento que certifique que se pagaba un crédito.
El abogado Vélez destaca la importancia de avisar lo más rápido posible del daño a la aseguradora. “Si no avisamos a tiempo y hubo un daño mayor, el seguro puede argumentar que no se le avisó a tiempo y deslindarse de la protección, de ahí la importancia de revisar siempre los contratos”.
Vélez explica que lo recuperado depende de las condiciones generales del seguro contratado.
Por ejemplo si tu departamento vale 2 millones de pesos y tenía contratado un seguro básico que proteja contra terremotos o inundaciones, no necesariamente te pagarán ese monto, ya que las pólizas tienen un tope. Es decir si tu pagabas mil pesos al mes por tu seguro, tu tope podría ser de un millón, no de 2 millones que es lo vale tu departamento, por citar un ejemplo.
Aunque también hay seguros que sí protegen el valor total del inmueble, pero por su alto costo casi no se contratan.
El experto de la Barra Mexicana explica que la mayoría de los seguros no cubren el 100% de la pérdida , pagan menos de lo que costaba la vivienda si fue pérdida total.
“Nunca contraté un seguro”
Pero si terminaste de pagar la hipoteca y jamás contraste un seguro, cualquier pérdida parcial o total ya corre a cargo del dueño del inmueble. Ya no hay ninguna institución que respalde tu vivienda.
¿Todo está perdido?
No, lo que puedes hacer es recurrir al apoyo que brinde el gobierno.
“Lamentablemente no somos una sociedad que sea muy previsora, los mexicanos no compramos seguros para los inmuebles”, dice Palacios.
La recomendación, comenta la integrante de Abogados Ayudando, es que las personas afectadas estén pendientes del mecanismo que vayan a establecer las autoridades de la Ciudad de México para ayudar a los damnificados.
¿Por dónde empiezo?
El abogado Carlos Vélez recomienda antes que nada recuperar los documentos más importantes como acta de nacimiento, escrituras, identificación oficial y la póliza de seguros, en caso de tener.
Si hubo pérdida total, las diversas instituciones del gobierno están apoyando para agilizar estos trámites y recuperar esos documentos.
Peritaje, muy importante
Después de tener tus documentos tiene que pedir un peritaje a Protección Civil en el que especifique el tipo y grado de daño que tiene el inmueble.
Si te dice Protección Civil que el inmueble está a punto de colapsar, es inhabitable y ni siquiera puedes entrar a sacar tus cosas porque es riesgoso, lo recomendable es no hacerlo porque se está exponiendo la vida y la seguridad de otros, indica la abogada Palacios.
Hay personas que desde el día del sismo han llamado a Protección Civil, en algunos casos acudió pero no dejaron un documento oficial, por lo que será necesario volverlos a llamar hasta que se dé el dictamen oficial.
Es recomendable, señala la abogada, que las personas no realicen ningún tipo de modificación o reparación del inmueble dañado sin tener un dictamen oficial.
“Si alguien repara sin tener el dictamen corre el riesgo de que la autoridad no reconozca que tuviste un daño y no te den recursos o no formes parte del padrón que recibirán los recursos que brinda el gobierno. Deja como está el inmueble”, recomienda Palacios.
El peritaje es la única prueba a través de la cual puedes acceder a los recursos que vaya a dar el gobierno.
Si no se quiere esperar a Protección Civil, se pueden contratar los servicios de un director responsable de obras para que haga el dictamen. En la página de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi) hay un listado de los que están acreditados y pueden hacer este peritaje.
¿Y si estaba rentando?
Si tú rentabas y te desalojaron por daños a la vivienda o hubo pérdida total es muy complicado que recuperes el valor de todos tus muebles y electrodomésticos, asegura Vélez.
Su hubo daños leves y no hay ningún riesgo, cualquier reparación que se necesite lo deberá cubrir el dueño del inmueble, pues es un daño que no hizo el inquilino.
Cualquier persona que renta debe tener un contrato que establece derechos y obligaciones. “Si alguien intenta subirte la renta argumentando que es para reparaciones o quiere desalojarte aunque la vivienda fue calificada como segura, estaría infringiendo el contrato”, comenta Palacios.
El Código Civil del Distrito Federal establece que todos los contratos de arrendamiento, tanto de vivienda como comerciales, deben celebrarse por máximo un año. No obstante, también deben prever la inclusión de una cláusula de terminación anticipada, en casos de fuerza mayor como un sismo.
Así que amparado por esta clausula le puedes avisar al dueño del inmueble que se da por terminado el contrato.