Finanzas

​Fondo de Capitalidad no debe usarse con fines electorales, dice Hacienda a CDMX

Ordena al gobierno de la CDMX que en la publicidad, documentación e información relativa a los programas y/o proyectos se incluya una leyenda

​Fondo de Capitalidad no debe usarse con fines electorales, dice Hacienda a CDMX
24/01/2018 |09:47
Redacción
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Los proyectos y programas que se realicen este año con los 2 mil 500 millones de pesos que aprobó la Cámara de Diputados para el Fondo de Capitalidad para la Ciudad de México (CDMX), y que podrán ser destinados para la reconstrucción de la ciudad por el sismo del 19 de septiembre , no deben ser usados con fines electorales, advirtió la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

Al dar a conocer los lineamientos para la aplicación, erogación y publicidad de los recursos para el Fondo de Capitalidad , informó que se deberán observar las disposiciones federales aplicables en materia electoral.

Ordenó al gobierno de la CDMX que en la publicidad, documentación e información relativa a los programas y/o proyectos, se deberá incluir la leyenda: "Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa".

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De acuerdo con los lineamientos mediante los cuales se fijan los criterios de aplicación de dicho fondo, se advierte que los servidores públicos, así como los particulares que incurran en responsabilidades administrativas, civiles y penales derivadas de las afectaciones a la hacienda pública federal, serán sancionados en los términos de la legislación federal aplicable.

En caso de incumplimiento de los plazos, términos y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables, la SHCP podrá suspender las ministraciones o reasignar dichos recursos a programas sociales y de inversión en infraestructura.

Para acceder a los recursos, la CDMX tendrá que presentar una solicitud a la Unidad de Política y Control Presupuestario (UPCP) de la Secretaría de Hacienda a más tardar el último día hábil del mes de abril de 2018, en un escrito en hoja membretada, formato libre y debidamente firmada por el o los servidores públicos facultados para tal efecto.

La solicitud deberá estar acompañada de la cartera de programas y proyectos que se realizarán con cargo al Fondo, y se tendrá que celebrar un Convenio o, en su caso, el mecanismo de coordinación específico que la UPCP establezca para tal efecto, a más tardar el último día hábil del mes de junio de 2018 .

Además de obras de infraestructura vial primaria, turística y cultural así como ambiental e hidráulica, y mejoramiento del transporte público así como para equipamiento para la readaptación social y procuración de justicia y para estrategias para la recaudación de impuestos, los recursos se podrán usar para la reconstrucción.

“La reconstrucción de la infraestructura pública dañada en la CDMX como consecuencia de fenómenos naturales perturbadores”, según se considera en los proyectos y programas susceptible de apoyo.

Se podrá destinar hasta el 20% de la totalidad del Fondo para cubrir los gastos de operación asociados a los programas y proyectos dirigidos para estos fines.

maf

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