Más Información
Se inscriben 18 mil 447 para la elección del Poder Judicial; “Algo inédito e histórico”, dice Sheinbaum
Enfrentamientos armados en Concordia y ataques a cámaras de vigilancia en Culiacán; Ejército se desplaza para controlar la violencia
Ataque en antro DBar fue por control y venta de drogas; se regulará horarios de centros nocturnos: gobernador de Tabasco
maria.saldana@eluniversal.com.mx
Para frenar la comercialización de comprobantes fiscales de operaciones falsas, simuladas o inexistentes, es necesario tomar nuevas medidas de retención de IVA y mantener el tipo penal del Código Fiscal de la Federación , pidió el presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), Gustavo de Hoyos.
De Hoyos dijo que ahora que se discuten en el Congreso formas de combatir la comercialización de comprobantes fiscales que amparan operaciones inexistentes y simuladas , "sería conveniente retener las 2 terceras partes del Impuesto al Valor Agregado (IVA), aun cuando sea una mayor carga administrativa, contable y de control para los contribuyentes en general. Además de que sería necesario ampliar la lista de servicios, en las cuales no se aplicaría la retención del IVA".
El líder del sector patronal explicó que el problema de la actual legislación es que se puede abusar de la ley y acusar a un contribuyente por una supuesta operación ilegal que resulta finalmente no ser cierta.
“En la legislación vigente solo se ha logrado, en el mejor de los casos, un desgaste operativo innecesario del lado de las autoridades fiscales y circunstancias que han generado arbitrariedades por presumir operaciones inexistentes que resultan improcedentes, cuando éstas son sometidas al escrutinio legal ante tribunales federales”, dijo el empresario.
Pidió no modificar el tipo penal contenido en la fracción III del artículo 113 del Código Fiscal de la Federación con el fin de agravar la penalidad y ser cuidadosos en los procesos de verificación porque “se puede cometer el abuso de aplicar una penalidad de cárcel a un contribuyente, que pueda posteriormente acreditar que dicha presunción resultó incorrecta, conforme a sentencia firme emitida por un tribunal competente”.
afcl