El diálogo entre el gobierno federal con empresarios para frenar la carestía puede llevar a las empresas a incurrir en ilegalidades, en caso de que competidores de un mismo sector participen en un acuerdo para fijar, controlar, manipular, bajar e incluso no subir precios, alertaron expertos.

Ello puede provocar a directivos, ejecutivos y representantes de compañías recibir sanciones económicas, civiles y penales, de acuerdo con la Ley Federal de Competencia Económica.

EL UNIVERSAL consultó a exintengrantes de la Comisión Federal de Competencia Económica sobre lo que legalmente se puede hacer o no para frenar las alzas de precios de 24 productos básicos, según el plan del gobierno federal, que se ha reunido con empresarios buscando mitigar el impacto de la inflación.

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El presidente de la Comisión de Competencia de la International Chamber of Commerce México (ICC) y excomisionado de competencia de 2006 a 2013, Miguel Flores Bernés, dijo que se emitirá una recomendación a las empresas que participan en el diálogo con el gobierno para que no incurran en ilegalidades.

“Les vamos a decir que tengan cuidado si son invitadas a las reuniones, porque el artículo 53 de la Ley Federal de Competencia Económica y el 254 bis del Código penal señalan que los acuerdos entre competidores para manipular los precios y fijarlos, sea para subirlos o bajarlos, están prohibidos, a pesar de que puede ser buena intención contener la inflación”, explicó.

Expuso que “si no fijan precios y no intercambian información, no pasa nada”, pero se viola la ley si hay intercambio de información entre empresas competidores.

Aunque parece buena idea reunir a competidores y pedirles que, por la emergencia inflacionaria compartan información y encuentren precios adecuados, se puede mantener la inercia y se pueden crear cárteles, dijo.

Por otra parte, añadió que, si por alguna causa se requiere fijar precios máximos, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) tiene que emitir una declaratoria de falta de competencia en determinado mercado, y sólo así el gobierno federal puede determinar los precios.

Al respecto, el excomisionado fundador de la entonces Comisión Federal de Competencia ( Cofeco ) y ahora consultor de Ockham Economic Consulting, Javier Núñez, coincidió en que la ley prohíbe fijar precios entre competidores, además de que, con el surgimiento de la Ley Federal de Competencia Económica, en 1993, se quitaron atribuciones al Ejecutivo federal para fijar precios de productos.

“Nunca es bueno no cumplir la ley, pero en este caso lo que me preocupa más es que no se esté atendiendo al verdadero problema económico, porque si el gobierno fija precios, alguien presentará una acción legal. Que nos vayamos a tribunales no resuelve el problema, porque la inflación es un problema mundial”, dijo.

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Núñez explicó que lo dicho por el titular de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), Víctor Villalobos, de que se busca reducir los precios de 24 productos en 20%, es un mensaje que preocupa y es contradictorio.

“Si les impones una reducción de precios de 20%, te comes la utilidad de las empresas y les generas pérdidas. Es un mensaje contradictorio, que sí es riesgoso, y olvídate de que viola la Ley de Competencia. Económicamente, no veo su viabilidad, porque las empresas simplemente no tendrían manera de recuperar sus costos, y nadie va a querer invertir”, explicó.

La Ley Federal de Competencia Económica en su artículo 53 establece que “se consideran ilícitas las prácticas monopólicas absolutas, consistentes en los contratos, convenios, arreglos o combinaciones entre agentes económicos competidores entre sí” para determinar el precio de los bienes.

De incurrirse en dicho ilícito, se puede obtener una sanción que, de acuerdo con el artículo 127, puede llegar a una multa de hasta 10% de los ingresos del agente económico, con independencia de la responsabilidad civil y penal en que se incurra.

En la ley se establece que a los directores, ejecutivos o representantes de las empresas participantes se les puede inhabilitar por cinco años e imponerles multas por 200 mil veces el salario mínimo general diario vigente.

Los especialistas coinciden en que la ley no prohíbe que los empresarios se reúnan a platicar, lo cual pueden hacer siempre y cuando no se pongan de acuerdo para fijar precios.