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La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) informó que en relación con el accidente del pasado 18 de mayo de un avión de Cubana de Aviación en La Habana, Cuba, aún no existe un pronunciamiento oficial por parte del Instituto de Aviación Civil de Cuba (IACC).
La autoridad responsable de la investigación, en términos del anexo 13 del Convenio de Aviación Civil Internacional, aún no emite un pronunciamiento en torno a las causas del accidente.
El IACC dijo que hasta que concluyan todos los análisis y estudios correspondientes podrán conocerse las causas del accidente.
Por lo anterior, no hay elementos para que la DGAC o alguna otra autoridad pueda hacer un pronunciamiento o asignación de responsabilidades oficial al respecto.
Este lunes, Aerolíneas Damojh (Global Air), empresa que le arrendó el avión a Cubana de Aviación, emitió un comunicado en el cual informó que tras el análisis de los registradores de voz y vuelo (cajas negras) del Boeing 737-200 de Cubana de Aviación se encontró que la tripulación de la nave despegó con un ángulo de ascenso muy pronunciado, lo que ocasionó su desplome.
La DGAC agregó que respecto a las medidas tomadas con motivo del accidente, como la suspensión de las operaciones de Aerolíneas Damojh y una visita de verificación técnico-administrativa mayor extraordinaria, éstas se apegan al marco legal y tuvieron como consideración la gravedad del accidente.
El propósito de esas medidas fue asegurar que las condiciones de operación continuarán cumpliendo con la normatividad.
“Dichas medidas están en estudio por parte de las autoridades judiciales por los amparos presentados por la empresa, y en su oportunidad la DGAC atenderá puntualmente los juicios de amparo y acatará las resoluciones de la autoridad judicial”, indicó la DGAC.
Aseguró que los servidores públicos responsables de la verificación de las operaciones de los concesionarios y permisionarios en aviación, así como de la autorización de los certificados de aeronavegabilidad, son “técnicos con experiencia que llevan a cabo sus labores conforme lo establece la normatividad nacional e internacional”.