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La reforma laboral mexicana lleva los sellos de Estados Unidos y Canadá, porque muchos de sus resultados tienen que ver con la renegociación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, el futuro T-MEC.
En el Anexo 23-A del T-MEC, México se comprometió a tener listas las modificaciones laborales en su legislación antes de enero de 2019, lo que no se logró por el cambio de administración federal.
Sin embargo, de acuerdo con expertos, los convenios con sus socios comerciales presionaron al gobierno a concretar la reforma laboral, porque era condicionante para la ratificación y puesta en marcha del acuerdo.
El texto del T-MEC dice: “Se entiende que la entrada en vigor de este acuerdo se retrasaría hasta que esta legislación laboral se haga efectiva” en México.
El representante de la firma Holland and Knight, Carlos Vejar, explicó que la reforma laboral obedece a los tiempos de renegociación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, por los compromisos que se hicieron en la negociación.
Con el T-MEC, el gobierno mexicano se comprometió a cambiar su legislación para que los trabajadores tuvieran derecho a organizarse libremente y pertenecer al sindicato de su elección, dijo el especialista en derecho laboral de EY, Alejandro Carlo.
Está el compromiso de que las elecciones de los dirigentes sindicales sean forzosamente mediante un voto personal, libre y secreto, y ya no a mano alzada.
Se creó el Centro de Conciliación y Registro Sindical, que será el encargado de emitir una certificación al sindicato que tenga la mayor representación de trabajadores en una empresa y el que tenga la legitimidad para revisar el contrato colectivo, emplazar y levantar la huelga, agregó.
Sin embargo, Carlo y Diego González, socio de EY, explicaron que se mantiene la “cláusula de exclusión por afiliación”, aquella por la que un patrón está obligado a admitir únicamente a trabajadores que se afilien al sindicato mayoritario del contrato colectivo. Por lo que, cuando ingrese un trabajador, deberá asociarse al sindicato principal de la empresa, pero una vez dentro podrá moverse a otro.
Hay también una nueva obligación de equidad de género en el que se obligará a las empresas a tener un protocolo para evitar discriminación, violencia laboral, acoso y hostigamiento, en la que deberán definir acciones ante esos casos.
Además, en pro de la equidad de género que se estableció en el T-MEC, el Congreso aprobó en la reforma que la dirigencia de un sindicato esté representada en la misma proporción de hombres y mujeres.
En línea con lo establecido. El coordinador del Laboratorio de Análisis de Comercio, Economía y Negocios (LACEN) de la UNAM, Ignacio Martínez, dijo que con la libertad sindical con la que se adopta el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo, el voto libre y secreto de líderes, entre otros ajustes, se cumple con el capítulo 23 del T-MEC.
“Cumplimos con lo que dice el T-MEC, así que ya no tiene excusa Estados Unidos para no ratificarlo”.
Por su parte, González comentó que “es cierto que viene una presión internacional de los socios comerciales para adoptar esta legislación y, probablemente, ésta nos ha llevado a esa vieja conclusión de que tuvimos la mejor reforma posible por los tiempos electorales del país vecino”.
El socio fundador del Bufete Sales Boyoli, Jorge Sales Boyoli, mencionó que México se apega a los compromisos que hizo con Canadá y la Unión Americana, porque ambas economías señalaron al sistema laboral nacional de incurrir en prácticas de salarios bajos y sindicatos a modo en ciertas industrias.
El presidente de la Comisión Nacional Laboral de Coparmex, Lorenzo Roel, dijo que más que la presión de Estados Unidos, en el gobierno mexicano existía la prisa de tener la legislación antes del 1 de mayo, el Día del Trabajo.
Sales Boyoli, González y Roel coincidieron en que México ya cumplió con los compromisos del T-MEC, pero ahora faltará la implementación y el contar con presupuesto para la puesta en marcha, por lo que se espera que tarde entre tres o cuatro años la ejecución total de los cambios hechos en materia laboral.