Economía

Paisanos no pagarán impuestos en periodo vacacional: SAT

Los pasajeros de origen mexicano que ingresen al país del 8 de junio al 19 de agosto podrán pasar mercancía adicional hasta por 500 dólares (franquicia), sin que tengan que pagar impuestos; el excedente se pagará directamente en la aduana por la que ingresen

El valor de la mercancía ingresada no debe rebasar los 500 dólares. Foto: Archivo/EL UNIVERSAL
08/06/2018 |10:14Leonor Flores |
Redacción El Universal
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Los pasajeros de origen mexicano que ingresen al país del 8 de junio al 19 de agosto podrán pasar mercancía adicional hasta por 500 dólares (franquicia), sin que tengan que pagar impuesto alguno, informó el Servicio de Administración Tributaria ( SAT ).

Dijo que la franquicia o cantidad permitida, se puede acumular por persona, cuando viajen en el mismo medio de transporte.

Pero si el valor de la mercancía rebasa los 500 dólares, tendrán que pagar el impuesto que corresponda con tarjeta de crédito o débito, directamente en la aduana por la que ingresen.

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El SAT señaló que para hacer su ingreso más fácil y sin contratiempos, la declaración y pago del excedente de franquicia, se puede hacer en línea, antes de llegar al país, y entregarla en la aduana al ingreso.

Aclaró que el aumento de la franquicia no aplica para los residentes en la franja o región fronteriza.

Para los paisanos que nos visitan en este período vacacional cuyo ingreso sea en vehículo , el SAT advirtió que deben pedir el permiso de importación temporal , preferentemente antes de llegar a la aduana, hasta con 60 días de anticipación.

Este trámite lo deben de hacer a través de .

Para los que ingresan frecuentemente al país, Banjercito permite: presentar copias de los documentos del vehículo; cancelar permisos con pedimentos de importación en el módulo, o por sucesos acontecidos en el extranjero (venta, robo, accidente y embargo), siempre que se presenten los documentos originales que amparen estos hechos; y pagar con tarjetas bancarias a nombre diferente del importador.

El órgano recaudador de impuestos, recordó que toda persona que ingrese o salga del país y lleve consigo cantidades superiores al equivalente a 10 mil dólares, está obligando a declararlos al fisco.

irr

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