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A consecuencia del sismo del pasado 19 de septiembre, muchas personas son desalojadas de sus hogares o tienen una propiedad dañada y no cuentan con documentos que comprueben la propiedad.
Ante ello, el Colegio Nacional del Notariado recomienda que si la propiedad está escriturada, recuperar esos documentos con el notario que realizó el trámite si éste fue hecho hace no más de cinco años.
En caso de que haya transcurrido más tiempo, acudir al Archivo de Notarías o al Registro Público de la Propiedad de la localidad o estado.
La persona debe contar con el nombre y número del notario ante el que se realizaron las escrituras, así como el número y fecha del instrumento público para facilitar la búsqueda.
Si la propiedad está hipotecada, el banco o institución de vivienda pueden recuperar la escritura. El organismo destacó que toda propiedad con un crédito hipotecario está asegurada en caso de siniestros.
José Antonio Manzanero, presidente del colegio, dijo que como es muy reciente el temblor, aún no ha habido acercamiento de las personas para regularizar sus escrituras.
“Toda persona que se nos acerque para consultorías o copias certificadas, o inclusive para su testamento, se les atienda de forma gratuita”.
Si la escrituración ocurrió hace más de cinco años, se debe acudir al Archivo General de Notarías, donde existe un índice por orden alfabético del dueño de la propiedad. Ahí se puede tramitar una copia certificada de las escrituras.
En caso de que la propiedad no esté escriturada, se debe acudir a un notario para que apoyándose en el plano del padrón catastral, licencias de construcción y alineamientos de numeración, entable un juicio que permitirá probar la propiedad del inmueble.
Dijo que el costo de estos trámites es de 4 mil 800 pesos para el testamento, 300 pesos por cotejar documentos y la escrituración va de 3% a 8% del valor catastral o avalúo del inmueble, lo que resulte más alto en términos del Código Fiscal para la Ciudad de México.
Si la propiedad no sufrió daños pero no se ha escriturado, se recomienda regularizarla:
Acudir con un notario para que compruebe aspectos básicos del inmueble como a nombre de quién está inscrito en el Registro Público de la Propiedad, que no exista un juicio sucesorio inconcluso, que la propiedad no tenga una hipoteca y que la propiedad tenga una situación fiscal regular, y que ambas partes tengan la forma de acreditar el pago.