Economía

Acaba en noviembre gratuidad en aduanas para ingresar donaciones

El Servicio de Administración Tributaria informó que, apartir del siguiente mes, las donaciones que ingresen al país por los sismos tendrán que pagar los impuestos correspondientes

Foto: Archivo / EL UNIVERSAL
30/10/2017 |19:25
Redacción
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Al dar a conocer que durante la emergencia por los sismos de septiembre ingresaron por 25 de las 49 aduanas que operan en el país 550 donaciones del extranjero, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), informó que a partir de noviembre las donaciones que se realicen tendrán que pagar los impuestos correspondientes y sujetarse a todos los trámites que marca la ley.

Desde el pasado 20 de septiembre, luego d el terremoto del S-19 que afectó a la Ciudad de México, Morelos, Puebla y Tlaxcala, el SAT permitió la introducción por las Aduanas de mercancías para ser donadas sin el pago de impuestos al comercio exterior, ni la utilización de pedimento ni agente aduanal y el trámite se resolvía en un día.

Pero ahora, desde este miércoles primero de noviembre , la introducción de mercancía destinada a ayudar a los damnificados o para las labores de reconstrucción, se sujetarán a los procedimientos establecidos.

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Cuando se trate de bienes que cubren necesidades básicas de alimentación, vivienda o salud de personas o regiones de escasos recursos, el procedimiento para ingresar al país, se tendrá que presentar solicitud electrónica a través del portal del SAT, adjuntando los documentos que se solicitan y contar con firma para concluir la solicitud.

Una vez que el SAT apruebe la solicitud, se emitirá una autorización, con la cual se realiza la gestión para el trámite de ingreso. Al momento de ingresar la mercancía, la aduana que corresponda practicará el reconocimiento aduanero para validar su entrada al país.

El SAT aclaró que este trámite es gratuito y tampoco requiere de la utilización de pedimento ni de los servicios de un agente aduanal, sólo se deben cubrir los requisitos descritos.

Refirió que dicha medida se sustenta en la regla 3.3.11. de las Reglas Generales de Comercio Exterior publicada en el portal del SAT donde también se puede consultar el procedimiento completo.

lsm

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