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Disminuir tiempos oficiales requiere reforma: Amedi

Se debe modificar LFTR, de lo contrario se actuaría de forma ilegal, dice asociación

Los tiempos del Estado equivalen a 30 minutos gratuitos al día en radio y TV. ARCHIVO EL UNIVERSAL
13/11/2019 |03:33Carla Martínez |
Redacción El Universal
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Para concretar la reducción de los tiempos oficiales en la radio y la televisión se requiere modificar la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), indicó la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi).

“[El Presidente] dijo que no se necesitaba una reforma legal para su reducción, pero al referirse a los tiempos oficiales, sí debe reformar la LFTR; de lo contrario, su actuación sería ilegal. Si sólo busca eliminar el tiempo fiscal, debe modificar o abrogar el decreto de Hacienda de 2002”, comunicó la asociación.

La semana pasada, el presidente Andrés Manuel López Obrador dijo ante empresarios de radio y TV que analizará los tiempos oficiales y los reducirá a través de un decreto.

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El compromiso presidencial de reducir los tiempos oficiales ocurrió durante la Sexagésima Semana Nacional de la Radio y la Televisión, que organiza cada año la Cámara Nacional de la Industria de la Radio y la Televisión (CIRT), pero coincide con un momento de crisis comunicacional y fuerte cuestionamiento a las decisiones y declaraciones del gobierno en diversos temas.

Si el Ejecutivo federal modifica estos tiempos afecta los 48 minutos diarios establecidos en el artículo 41 de la Constitución a disposición del Instituto Nacional Electoral (INE), los cuales se utilizan al inicio de las precampañas y hasta el día de la jornada electoral.

“Estos 48 minutos constitucionales son el resultado de los 30 minutos del tiempo del Estado previstos en la LFTR y los 18 minutos del tiempo fiscal de la televisión del decreto de Hacienda de 2002”.

Esta reducción también impacta en el derecho a la comunicación de los mexicanos.

59 años de tiempos oficiales

Los tiempos del Estado, establecidos en 1960, equivalen a 30 minutos gratuitos al día, de acuerdo con la Ley, mencionó la Amedi.

Mientras que el tiempo fiscal es un impuesto decretado en 1968 por Gustavo Díaz Ordaz y representa un pago en especie que destinan las empresas con concesiones para el uso de bienes de la nación como el espectro radioeléctrico y declaradas expresamente de interés público, como las estaciones de radio y las emisoras de televisión.

“Originalmente, este tiempo fiscal equivalía a 12.5% de transmisión, pero el 10 de octubre de 2002, mediante el decretazo, el gobierno de Vicente Fox lo redujo a 1.25%, quedando en 18 minutos diarios para las estaciones de TV y 35 minutos en radio, para la difusión de materiales del Poder Ejecutivo federal con una duración de 20 a 30 segundos”.

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