Para 2023, los montos de las multas y sanciones que aplica el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a los contribuyentes incumplidos e infractores subieron en promedio 10%, en comparación con las vigentes hasta el último día de 2022.
Esto se debe al efecto de las cantidades actualizadas establecidas en el Código Fiscal de la Federación (CFF) que se dieron a conocer en la Resolución Miscelánea Fiscal que regirá el año que inició.
Las sanciones tienen que ver desde la habilitación del buzón tributario, inscripción del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) , declaraciones, avisos, formatos, así como por no brindar datos a los bancos y las casas de bolsa.
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El gobierno obtuvo 16 mil millones de pesos por la aplicación de multas fiscales de enero a septiembre de 2022, casi el doble de los 9 mil millones conseguidos en el mismo periodo de 2021 , señala la Secretaría de Hacienda.
Los ingresos por estas sanciones equivalieron a casi el total recaudado por el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) a bebidas alcohólicas, cuya aplicación dejó recursos por 18 mil millones de pesos en igual lapso del año pasado.
Buzón tributario
Por ejemplo, por la no habilitación del buzón tributario, el no registro o actualización de los medios de contacto conforme a lo previsto en el artículo 86-C del CFF, se impondrá este año una multa de 3 mil 420 a 10 mil 260 pesos, más que los 3 mil 80 a 9 mil 250 de 2022.
A las infracciones relacionadas con el RFC por no solicitar la inscripción o a nombre de un tercero, la multa pasó de un rango de 3 mil 870 a 11 mil 600 pesos a otro de 4 mil 480 a 13 mil 430.
Tratándose de declaraciones de impuestos, para 2022 las multas se establecieron en 2% de las contribuciones declaradas y de 8 mil 230 pesos. En ningún caso la sanción que resulte de aplicar el porcentaje a que se refiere debería ser menor a 3 mil 290 pesos, ni mayor a 8 mil 230 pesos.
Con la actualización para 2023, se mantiene una tasa de 2% de las contribuciones declaradas, pero aumenta el otro rubro a 9 mil 530 pesos. En ningún caso, la multa al aplicar el porcentaje será menor a 3 mil 810 pesos, ni mayor a 9 mil 530 pesos.
Para los demás documentos, el incremento va de un rango en 2022 de mil pesos a 2 mil 300 a uno de mil 160 a 2 mil 660 pesos en 2023.
Por cada una de las obligaciones no declaradas, la nueva multa es de mil 810 a 22 mil 400 pesos, frente a los mil 560 a 19 mil 350 pesos de 2022.
Si en los seis meses siguientes a la fecha en que se presentó la declaración por la cual se impuso la multa, el contribuyente presenta declaración complementaria de aquella, declarando contribuciones adicionales, por dicha declaración también se aplicará la multa a la que se refiere.
Por cada obligación a este afecto, al presentar una declaración, solicitud, aviso o constancia, fuera del plazo señalado en el requerimiento o por su incumplimiento, la multa era de mil 560 a 38 mil 700 pesos y en 2023 aumentó de mil 810 a 44 mil 790 pesos.
Si no se presenta el aviso de compensación de impuestos, la multa este año va de 17 mil 190 a 34 mil 350 pesos, más que la de 14 mil 850 a 29 mil 680 anterior.
La sanción para este año por no presentar las declaraciones en los medios electrónicos estando obligado, presentarlas fuera del plazo, incumplir los requerimientos de las autoridades o cumplirlos fuera de plazo, se incrementa de entre 15 mil 860 a 31 mil 740 pesos a una de 18 mil 360 a 36 mil 740 pesos.
En los demás documentos subió de entre mil 590 y 5 mil 80 pesos a entre mil 840 y 5 mil 880.
Si el nombre o domicilio se escribió incorrectamente en la declaración, la multa será de entre mil 340 a 4 mil 480 pesos por cada uno, en vez de los mil 160 a 3 mil 870 pesos del año previo.
Errores que cuestan
En 2022 se establecía una multa por cada dato no asentado o asentado incorrectamente en la relación de clientes y proveedores contenidas en las formas oficiales de 30 a 100 pesos; ahora sube en el rango superior a 120.
Por cada dato no asentado o asentado incorrectamente pasa de un mínimo de 210 pesos y un máximo de 380 pesos a uno de 240 a 440 pesos .
El SAT aumentó a un intervalo de 900 a 2 mil 230 pesos la sanción por no señalar la clave que corresponda a su actividad preponderante conforme al catálogo de la SHCP o señalarlo erróneamente. El monto anterior era de 780 a mil 930 pesos.
Datos a los bancos
Las infracciones a los contribuyentes usuarios de los servicios financieros o cuentahabientes de las instituciones de crédito también se incrementan por la omisión total o parcial de la obligación de proporcionar información relativa a su nombre, denominación o razón social, domicilio, clave del RFC o los datos para formar dicha clave o la que la sustituya, así como proporcionar datos incorrectos o falsos.
La sanción sube de 480 a 560 pesos por cada omisión , mientras que para el caso de las instituciones financieras, el aumento es de mil 430 a mil 660 pesos.
A las empresas que emitan tarjetas de crédito, débito, de servicio o los monederos electrónicos autorizados por el fisco que no proporcionen al SAT la información de los estados de cuenta, les aumentaron las sanciones ahora de 456 mil 320 a 912 mil 630 pesos, desde el rango de 2022 de 394 mil 260 a 788 mil 520.
En cuanto a casas de bolsa, se aplica una infracción por no proporcionar la información a la que se refiere el artículo 58 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, respecto a contribuyentes que enajenen acciones con su intermediación. En este caso la multa pasó de 5 mil 640 a 11 mil 280 pesos a entre 6 mil 530 y 13 mil 60.
Asesores
Hay sanciones para asesores que aconsejen a los contribuyentes o por prestar servicios para omitir total o parcialmente el pago de alguna contribución en contravención a las disposiciones fiscales.
También por colaborar en la alteración o inscripción de cuentas o datos falsos en la contabilidad o documentos que se expidan, ser cómplice en cualquier forma no prevista, en la comisión de infracciones fiscales y al que permita o publique anuncios para la adquisición o enajenación de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes o actos jurídicos simulados.
Se incluye a concesionarios de una red pública de telecomunicaciones que no le bajen el switch a plataformas digitales extranjeras que no cumplan las obligaciones en materia del IVA.
Las multas suben de 60 mil 390 a 94 mil 930 pesos a entre 69 mil 900 a 109 mil 870 .
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