La resolución de la Organización Mundial del Comercio ( OMC ) en torno a la disputa comercial entre México y Costa Rica por el aguacate deberá traducirse en que el gobierno costarricense elimine el requisito de certificación para dicha fruta mexicana.
De lo contrario “México tendrá derecho a solicitar al Órgano de Solución de Diferencias autorización para suspender concesiones u otras obligaciones resultantes de los acuerdos abarcados y Costa Rica podría impugnar el nivel de la suspensión propuesta, o sostener que no se siguieron ciertos principios y procedimientos”, de acuerdo con RRH Consultores .
En el documento Pincelada Informativa de dicha consultoría se explicó que en alguno de los supuestos anteriores eso significa que deberá someterse a un arbitraje conforme al mecanismo de solución de diferencias.
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“Solamente transcurrido ese arbitraje, México podría obtener la autorización del Órgano de Solución de Diferencias para la suspensión de concesiones, misma que es temporal y sólo aplicará hasta que se haya suprimido” la medida que impuso Costa Rica para exigir medidas de certificación al aguacate mexicano que no son compatibles con los acuerdos internacionales.
Por otra parte, RRH Consultores afirmó que esta disputa entre Costa Rica y México pudo dirimirse mediante el nuevo mecanismo al que se sumó el gobierno mexicano denominado Procedimiento Arbitral Multipartito de Apelación Provisional , ya que así se puede evitar llegar a las apelaciones que no se resolverán por la falta del Órgano de Apelación de la OMC, el cual no tiene integrantes por la negativa estadounidense de nombrarlos.
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