El Servicio de Administración Tributaria (SAT) debe flexibilizar los procesos de exigencia de obligaciones para las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPymes) que fueron expulsadas del Régimen Simplificado de Confianza (Resico), solicitó la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex).
Como resultado de la actualización de obligaciones económicas de los contribuyentes que lleva a cabo el SAT, se realizó una expulsión masiva de varias empresas, ya que se actualiza lo establecido en el artículo 113-I de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
En consecuencia, las MiPymes que salieron del Resico deben ponerse al corriente en sus obligaciones económicas desde enero de 2022, cuando entró en vigor este régimen o la fecha en que se incorporaron y no desde su expulsión. Además de retirarlos del Resico, el SAT no les brindará flexibilidad alguna para cumplir sus obligaciones, explicó el sindicato patronal.
“Ante la situación actual, consideramos que la autoridad tributaria debe ser sensible, sobre todo atendiendo al contexto de las micro, pequeñas y medianas empresas, ya que, en la mayoría de los casos, se les causa una gran afectación que podría llevarlas a la bancarrota”, advirtió Coparmex.
Dijo que varias MiPymes tienen problemas porque, “por diversas circunstancias no presentaron alguna declaración”, lo que significa que se les pongan multas.
Con la decisión del SAT de actualizar el monto se “ha colocado a muchos pequeños negocios en una encrucijada, al evaluar la continuidad de sus operaciones”.
La Coparmex hizo un llamado a la autoridad fiscal para flexibilizar los procesos de exigencia de obligaciones, considerando la temporalidad de salida del Resico. “Solicitamos la oportunidad para que las empresas puedan mantenerse en la formalidad y continuar su crecimiento en sus actividades”. Desde su perspectiva, la decisión del SAT hará que el Resico revierta el objetivo inicial de impulsar a las empresas a formalizarse, sobre todo a talleres mecánicos, escuelas, cocinas, cafeterías, restaurantes y ferreterías.
La Coparmex dijo que “esta modalidad entró en vigor el 1 de enero de 2022, permitiendo a personas físicas con ingresos anuales no superiores a 3.5 millones de pesos y a personas morales con ingresos no mayores de 35 millones a pagar entre 1% y 2.5%, según sus ingresos y lo establecido en la tabla del artículo 113-E, párrafo quinto”.
“En Coparmex estamos convencidos de que la formalidad es el camino necesario para mejorar las contribuciones, las cuales deben ser justas y proporcionales, con modalidades flexibles”.
La confederación señaló que el SAT debe considerarlos como un aliado “para encontrar las mejores rutas de cumplimiento y atención de las obligaciones desde el sector empresarial, sin que afecte a nuestros afiliados ni ponga en peligro la viabilidad de la economía formal que representa millones de MiPymes en el país”.