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La distribuidora de bebidas alcohólicas Constellation Brands tiene la opción de presentar una demanda contra el Estado mexicano por frenar la construcción de la planta cervecera en Mexicali, Baja California, de acuerdo con especialistas.
El recurso legal se puede interponer bajo el amparo del TLCAN o el T-MEC, añadieron.
El fin de semana pasado la ciudadanía de Mexicali votó en su mayoría por la no instalación del inmueble, lo que generó el rechazo de la iniciativa privada. El proyecto implicaba una inversión de mil 400 millones de dólares.
Tras el resultado, Constellation Brands informó que está lista para entablar conversaciones con el presidente Andrés Manuel López Obrador y su gabinete, a fin de trabajar de cerca en un plan de acción que considere los retos de México.
La firma añadió que esperan mantener la relación positiva y benéfica que por más de 30 años han tenido con el gobierno de México.
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De la vía de la inconformidad, el integrante de la lista de árbitros para controversias de inversión del Banco Mundial, Ricardo Ramírez, dijo que Constellation Brands debe evaluar si las acciones del gobierno violentan las disposiciones del TLCAN, que es el acuerdo vigente.
“Es decir, si la acción del gobierno mexicano es expropiatoria o violenta el trato justo y equitativo [nivel mínimo de trato] como lo señala el capítulo 11 artículo 1105 y 1110 del TLCAN”, dijo a EL UNIVERSAL.
Este procedimiento de arbitraje puede durar entre dos y tres años. Pero la acción de ilegalidad debe impugnarse dentro de las reglas del TLCAN, afirmó.
Para usar el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), el anexo 14C dice que tendría que entrar en vigor el acuerdo, y a partir de ahí la empresa tendría tres años para presentar la inconformidad y abrir un panel de controversia.
Al respecto, la consultora Ansley dijo que Constellation Brands puede presentar una acción legal contra el gobierno mexicano, ya sea en el sistema nacional o en el marco del vigente TLCAN o del futuro T-MEC.
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Una demanda a nivel internacional vía cualquier tratado de libre comercio puede considerar tanto el monto invertido hasta pérdidas que se le ocasionaron a la empresa de manera colateral.
Por ejemplo, se puede cobrar la caída de 10% en el valor de las acciones que reportó la empresa como consecuencia del resultado de la consulta, en la que se decidió la cancelación del proyecto.
Una controversia entre inversionista-Estado se puede dirimir bajo el capítulo 11 del TLCAN, bajo el cual existen 11 arbitrajes de 2015 a la fecha, las demandas vigentes suman montos reclamados por más de 13 mil millones de dólares, de acuerdo con datos con que cuenta la Secretaría de Economía.