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Nestlé, Société des Produits Nestlé, Nestec y la subsidiaria de Grupo Lala, Innovación de Alimentos, fueron sancionadas por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) porque omitieron notificar una concentración en el mercado de lácteos, específicamente en yogur y queso.

Por el incumplimiento en la información, el regulador antimonopolios determinó imponer una multa de 7 millones 922 mil 573 pesos, sanción que podrán impugnar las empresas conforme corresponde a su derecho, pero que de quedar en firme deberán pagar.

La decisión se debió a que “la operación entre Nestlé, S de P, Nestec e Innovación, esta última subsidiaria de Grupo Lala, se llevó a cabo entre julio y agosto de 2013 y superó los umbrales previstos en la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE), por lo que debió notificarse al regulador para su evaluación”.

La comisión debió analizar el posible impacto que tendría esta unión de la subsidiaria de Lala y de Nestlé en el proceso de competencia y libre concurrencia en el mercado de la producción y comercialización de derivados lácteos, específicamente los de yogur y queso, sin embargo no notificaron la fusión.

La determinación de la Cofece también consideró que el consumo de lácteos y derivados impacta en los hogares mexicanos, puesto que destinan 11.4% de su gasto en leche y sus derivados, y que de no haber competencia podrían subir los precios de dichos productos.

La multa se impuso a las cuatro compañías, sin embargo, la comisión no dio a conocer cual será el monto exacto de la multa para cada uno de los agentes económicos: Nestlé México (Nestlé), Société des Produits Nestlé (SdeP) y Nestec e Innovación de Alimentos.

De acuerdo con el Inegi, la producción de yogur con frutas y cereales en 2010 ascendió a 210 toneladas, equivalentes a 3 mil 145 millones de pesos, cantidad que creció para 2013 a 234 toneladas con un valor de 4 mil millones.

La legislación establece que si no se notifica una concentración los agentes económicos pueden recibir una multa de hasta 5 mil UMA’s, es decir, unidades de medida y actualización equivalentes a 84.49 pesos diarios o 5% de los ingresos de la empresa sancionada.

Además de que si en la investigación la Cofece determinó que hay daño o que la fusión pone en riesgo las condiciones de competencia y libre concurrencia, entonces se considerará una concentración ilícita y podrá solicitarse se revierta la unión total o parcialmente y pudiera se acreedora a una sanción de hasta 8% de los ingresos.

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