La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) consideró que la Ley de Publicidad es contraria a diversos artículos constitucionales, por lo que interpuso una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra ese Decreto.
Si bien la controversia se admitió, no se le otorgó a la Comisión una suspensión, por lo que la Ley sigue vigente hasta que de su fallo final la Corte.
El decreto de la Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad se publicó el pasado 3 de junio de 2021, en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
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Para la Comisión esa ley “es contraria a los artículos 14, 16, 28 y 133 constitucionales, al afectar, tanto la esfera competencial de la Comisión, como por inhibir la competencia y libre concurrencia en el mercado de la publicidad”.
Ello porque en esa Ley se estableció que las conductas que sancionará esa Ley de Publicidad se tramitarán por la Cofece.
“Sin embargo, esta instrucción afecta la autonomía de la Comisión pues la obliga a: Desempeñar funciones que no resultan necesariamente compatibles con el artículo 28 constitucional, pues la obligaría a perseguir y sancionar ciertas conductas sin que, desde la óptica de la competencia, exista justificación para hacerlo, con resultados contraproducentes al funcionamiento eficiente de este mercado”, detalló.
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Además de que eso implica dirigir tanto presupuesto, como recursos humanos y materiales para atender y seguir las sanciones.
Lo que puede no ser “acorde” al objeto constitucional de proteger y promover la competencia y libre concurrencia que tiene la Cofece.
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