Cartera

Cofece detecta conductas anticompetitivas en mercado de mezcal; emplaza a implicados a presentar defensa

Regularmente los productores de mezcal requieren una certificación que asegure la calidad de la bebida

Si se comprueba que son culpables de cometer una práctica monopólica la Comisión Federal de Competencia Económica ordenará la corrección o la supresión de la práctica ilegal. Foto: Alan Nájera / El Universal
27/09/2023 |11:28
Ivette Saldaña
reportera de la sección CarteraVer perfil

Al descubrir presuntas conductas anticompetitivas, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) emplazó a una persona moral y a una persona física a presentar su defensa por haber incurrido aparentemente en una práctica monopólica relativa en el

Regularmente los productores de mezcal requieren una certificación que asegure la calidad de la bebida, por lo que recurren a Organismos de Evaluación de la Conformidad, una instancia que evalúa técnicamente si cumple o no con los requisitos.

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Práctica monopólica relativa

Sin embargo, una empresa presentó una denuncia en 2019 porque un Organismo de evaluación le negó el servicio unilateralmente, lo que constituye una práctica monopólica relativa, lo que puede afectar la entrada de productores de mezcal al mercado de estas bebidas.

La investigación que inició la Cofece comenzó en el 2019 y concluyó el 22 de mayo de 2023, por lo que ahora se emplaza a los presuntos responsables y con ello "inicia la etapa del procedimiento seguido en forma de juicio a cargo de la Secretaría Técnica de la Comisión.

"En él los probables responsables podrán manifestar lo que a su derecho convenga, ofrecer pruebas relacionadas y presentar alegatos. Una vez desahogado el procedimiento, el Pleno de la Cofece resolverá conforme a derecho”, indicó.

Si se comprueba que son culpables de cometer una práctica monopólica la Comisión Federal de Competencia Económica ordenará la corrección o la supresión de la práctica ilegal.

La persona moral podría recibir la multa máxima permitida por ley que es de hasta 8% de sus ingresos; mientras que la persona física podría recibir una multa hasta por 200 mil UMA (Unidad de Medida y Actualización), además de que la Cofece puede solicitar la inhabilitación del directivo de su cargo por cinco años.

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