Las modificaciones recientes al marco legal cambian el paradigma del modelo de competencia en la generación y suministro de energía eléctrica, lo que puede hacer que los mexicanos paguen electricidad más cara y afectar el medio ambiente, dijo la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).
El Estado mexicano debe considerar que la competencia es un medio para lograr menores tarifas e impacto ambiental; sin embargo, los cambios a las leyes y reglamentos aprobados de 2019 a la fecha y la falta de transparencia y de la aplicación de la reforma eléctrica de 2013 dificultan esos objetivos.
“Es previsible un incremento en los costos sociales de generación (ambientales y monetarios), afectando el medio ambiente y el bolsillo de los mexicanos de forma directa a través del pago de electricidad más cara, o indirectamente, a través del incremento al subsidio de las tarifas eléctricas por parte del gobierno federal”, comentó el regulador.
En el caso de las tarifas eléctricas para suministro básico, al no reflejar la fluctuación de los insumos ni de los costos de generación, inhiben la competencia que es necesaria para tener costos más eficientes de suministro, manifesto la Cofece.
La metodología de cálculo de las tarifas finales de suministro básico de energía eléctrica en México no refleja la fluctuación de insumos o de los costos de generación, lo que dificulta la competencia en el mercado, agregó.
Es necesario que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) emita una metodología definitiva de cálculo y ajuste de las tarifas finales basado en la recuperación de costos eficientes de suministro, detalló.
“Conforme a los datos históricos, no es claro que la evolución del precio que pagan los usuarios finales refleje las variaciones de los insumos o los costos de generación. Así, la tarifa no es trazable y no da señales para que nuevos suministradores puedan incursionar en el mercado”, expuso.
De acuerdo con lo publicado en el segundo Informe Trimestral 2021 de la autoridad de competencia, es necesario revisar el cumplimiento de las condiciones de los permisionarios de autoabastecimiento porque éstos recibieron ventajas como tarifas de interconexión más bajas que aquellos que operan bajo la Ley de la Industria Eléctrica.
La Cofece también consideró que la Ley de Publicidad es contraria a varios artículos constitucionales, por lo que puso una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra ese decreto.
Si bien la controversia se admitió, no se otorgó una suspensión a la comisión, por lo que la ley sigue vigente hasta que la Corte emita su fallo final.
El decreto de la Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad se publicó el pasado 3 de junio de 2021 en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Para la Cofece, esa ley “es contraria a los artículos 14, 16, 28 y 133 constitucionales, al afectar, tanto la esfera competencial de la comisión, como por inhibir la competencia y libre concurrencia en el mercado de la publicidad”.
Lo anterior, debido a que se estableció que las conductas que sancionará la Ley de Publicidad se tramitarán por la Cofece.