Coca-Cola Femsa
espera la resolución de un amparo contra la ley de etiquetado promulgada en marzo de 2020 y advierte que esta reforma podría tener impactos en su negocio en el país.
“La Compañía ha promovido un juicio de amparo en contra de esta reforma, la cual se encuentra pendiente de resolución. La Compañía no puede asegurar que esta reforma no tendrá un efecto adverso en su negocio y en los resultados de sus operaciones en México”, dijo la firma a la Bolsa Mexicana de Valores .
Coca-Cola explicó que la nueva ley de etiquetado establece que a partir del 1 de octubre de 2020 todo el portafolio de la compañía, excepto agua deberá cumplir con estos nuevos lineamientos de etiquetado, lo anterior aun cuando los Productos etiquetados en cumplimiento con la anterior NOM-051 podrán permanecer en el mercado hasta el 30 de noviembre de 2020.
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La empresa recordó que también promovió otro amparo en contra de la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos , publicada en junio de 2019 en Oaxaca, para prohibir el uso, venta y distribución de botellas de resina PET de un solo uso para botellas de agua y cualquier otra bebida en dicha entidad.
“Como resultado, el 30 de julio de 2019 dos de las subsidiarias mexicanas de la Compañía promovieron un juicio de amparo en contra de esta reforma y solicitaron una suspensión provisional, la cual fue negada. Este proceso continúa y se encuentra pendiente de resolución. La compañía no puede asegurar que las acciones legales que tome, tendrán el efecto deseado, o que la reforma no tendrá un impacto material en su negocio y en los resultados de sus operaciones en México”, señaló la empresa.
Este nuevo etiquetado llegó a los empaques de los alimentos con más alto contenido calórico, de azúcares, grasas y de sodio.
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Actualmente, son varios los alimentos y bebidas preenvasados las que traen y cumplen con el nuevo etiquetado, el cual será obligatorio a partir del 1 de octubre, aunque no habrá sanciones a quienes incumplan de aquí al 30 de noviembre, es decir hay 60 días de gracia.
Esto se debe cumplir bajo la Norma Oficial Mexicana 51 Alimentos NOM-051-SCFI/SSA-2010, la cual requiere especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados, información comercial y sanitaria en la que se pide alertar al consumidor con sellos negros en forma de octágonos sobre el contenido en exceso de azúcares, grasas, sodio, calorías y grasas saturadas.