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Sr. Director:
Me dirijo a usted con la finalidad de ejercer el derecho de réplica que asiste a nuestra empresa, respecto de la información difundida el 12 de mayo del 2020 -sin sustento- en la edición impresa de El Universal y las diferentes plataformas digitales de su periódico por el reportero Noé Cruz Serrano, acerca de la refinería Dos Bocas y la supuesta participación de Construcciones Industriales Tapia (CITAPIA) en una parte de la citada obra, en sustitución de la Constructora Hostotipaquillo, S.A de C.V. , que según su reportero y fuentes anónimas, dejará abandonada y sin concluir por imposibilidades técnicas, financieras y humanas.
Por principio de cuentas debo aclararle que nuestra empresa es totalmente ajena a cualquier relación de trabajo en la refinería de Dos Bocas; es relevante hacer esta precisión porque no existe plan alguno en la actualidad para participar en esa obra. Ignoramos de donde pudo provenir esa información que sólo hace futurismo.
Además, el señor Cruz Serrano hace señalamientos y conjeturas sin fundamento, que han sido una y otra vez desmentidas con hechos, sobre la presunta relación cercana de nuestra compañía con el ex director de Petróleos Mexicanos, Emilio Ricardo Lozoya Austin, y el caso Odebrecht.
Sus afirmaciones son temerarias, pues falso es que se tuviera relación cercana con el señor Emilio Ricardo Lozoya Austin, y que por su recomendación, la empresa Odebrecht se asociara con CITAPIA en la refinería Miguel Hidalgo. Respecto al señor Lozoya Austin, mi representada solo tuvo contacto eventual a principios del año 2015 por su carácter de Director de Pemex en la administración federal del sexenio pasado, institución para la cual hemos ejecutado obra pública como subcontratista fundamentalmente, y, con quien se tuvieron un par de entrevistas en relación a obras ejecutadas en años previos y que son adeudadas por Pemex a nuestra empresa.
También, debo decirle que jamás actuamos bajo ningún esquema de asociación con Odebrecht., lo único cierto es que Construcciones Industriales Tapia, S.A. de C.V. fue subcontratada directamente por “Constructora Norberto Odebrecht S.A.”, para los trabajos en la Refinería Miguel Hidalgo en Tula de Allende, Hgo., que le asignó Pemex en el contrato PXR-OP-SILN-SPR-CPMAC-A-4-14 atendiendo a la “CLAÚSULA SEXTA- DESARROLLO REGIONAL.- Para cumplir con el requisito de desarrollo regional El Contratista se obliga a que cuando menos el 50% (cincuenta por ciento) de los trabajos objeto del contrato sean realizados por empresas de la región en donde se realizarán dichos trabajos, a través de subcontrataciones...”
Nuestros subcontratos fueron los siguientes:
“Subcontrato de prestación de servicios de terracería para acondicionamiento del sitio, movimiento de tierras y conformación de plataformas para el proyecto de aprovechamiento de residuales en la refinería Miguel Hidalgo”, con el número RTAS1-01-99-SCO-001, de fecha 27 de marzo del 2014. Por el monto de $331,479,802.03
“Subcontrato de prestación de servicios de movimiento de tierra y construcción de barda perimetral lado sur para el proyecto de construcción de accesos para el aprovechamiento de residuales en la refinería Miguel Hidalgo”, con el número RTACO2-01-99-SCO-004, de fecha 21 de diciembre del 2015. Por el monto $296,782,480.36
Incluso, la relación comercial no se concluyó en buenos términos, ya que derivado del incumplimiento de pago por el segundo de los citados contratos. En este caso, la empresa brasileña sólo nos pagó $21,196,396.71, pues fue el contrato fue cancelado, razón por la que mi representada inició demanda de Juicio Ordinario Mercantil, radicado en el Juzgado Primero Civil y Familiar de Tula de Allende, Hgo., expediente 1566/2017 por un adeudo del orden de $36,000,000.00, entre suerte principal más accesorios legales y contractuales.
De lo anterior, es evidente la abismal diferencia entre los montos que Pemex contrato a Odebrecht y lo que ésta nos pagó por los trabajos que ejecutamos como subcontratistas, lo que de suyo hace inverosímil alguna asociación y mucho menos una colusión con dicha empresa, que al final no cumplió con el contrato firmado bajo las más estrictas normas que imponen la ley, y a cuyo apego, es como hemos desarrollado nuestras actividades en todos y cada uno de los proyectos en donde hemos participado.
Deseamos dejar en claro que la relación comercial con “Constructora Norberto Odebrecht S.A.” - que como hemos reconocido y está documentada, - ha sido tergiversada con el único objetivo de desprestigiarnos públicamente; descredito que desde luego impacta negativamente en nuestra empresa que es la fuente de trabajo de más de 4 mil personas.
Hay además otra afirmación del reportero Noé Cruz Serrano que carece de sustento y no hace sino dañar la imagen de CITAPIA, y comprueba, que no tuvo más que una versión interesada de una fuente anónima, advirtiéndose que a lo largo del texto, que sólo desea golpear el prestigio, ética y calidad de CITAPIA con conjeturas sin probar ante autoridad alguna.
Dice que nuestra empresa fue acusada de estar involucrada en robo de combustible, pero lo que ignora su empleado - y si lo sabe pretende ignorarlo -, es que el caso fue investigado por la Procuraduría General de la República, ahora Fiscalía General de la República, y se determinó que no existía prueba alguna de este señalamiento contra mi representada.
Finalmente, consideramos que el citado periodista y el editor en jefe de la sección de Cartera Mario Alberto Verdusco faltaron a una regla esencial del periodismo: dar voz a una de las partes que es señalada de hechos tales como los que pretende sostener el señor Cruz Serrano con fuentes anónimas.
CITAPIA siempre ha estado comprometida con la transparencia, con el cumplimiento de sus obligaciones, con la comunidad, y con sus trabajadores; por lo cual, resulta extraño que se publiquen informaciones de este tipo sin ser cotejados, o siquiera evaluados debidamente, para comprender su trascendencia por el daño que pueden causar.
En consecuencia, consideramos ser merecedores del derecho de réplica solicitado en su medio de comunicación, pues somos objeto de señalamientos subjetivos y parciales.
Agradezco de antemano su atención.
RESPUESTA DEL REPORTERO
Respecto a la nota aclaratoria de Tapia Construcciones Industriales firmada por “Comunicación Social”, en ningún momento se señaló en la información publicada por EL UNIVERSAL que esta empresa esté participando “en una parte de la citada obra”, como lo señala erróneamente. Hace referencia a “posible sucesora”.
Argumenta que CITAPIA es totalmente ajena a cualquier relación de trabajo en la refinería de Dos Bocas, pero Juan Carlos Tapia Vargas es socio de Hostotipaquillo y KRB en el Paquete VI de Dos Bocas, a través de la empresa Mexicana de Recipientes a Presión (MRP), según consta en el acta Escritura 58048, Volumen 778 de fecha 22/01/2007 del NP Raúl Sicilia Alamilla, de Tula de Allende, Hidalgo, en donde el señor Tapia funge como administrador único. La copia del documento está a disposición de la opinión pública.
Además, se atendió una solicitud de información sobre el caso hecha por Tania Oubiña, enlace de medios y prensa de Oliver Galindo, representante legal de Hostostipaquillo, lo que al final fue ignorado por la propia empresa.
Sobre la relación de CITAPIA con el ex director de Pemex, Emilio Lozoya y Constructora Norberto Odebrecht, la propia empresa hace alusión a “un par de entrevistas” con el ex funcionario como “subcontratista” y detalla los trabajos que ejecuto con la constructora brasileña.
Se cita el expediente sobre la investigación del caso Odebrecht en Brasil, en donde salió a relucir la relación de Tapia Vargas con Emilio Lozoya Austin.
Luis Alberto Meneses Weyll, alto ejecutivo de la empresa brasileña expuso en los interrogatorios que Lozoya Austin fue quien le sugirió buscar a Tapia para complementar los servicios para los contratos que le serían asignados y fue el mismo ex director de Pemex quien concretó la reunión Meneses Weyll con Juan Carlos Tapia Vargas.
Sobre si Odebrecht pagó o no a CITAPIA no es materia de la información publicada por este diario.
Finalmente, en julio de 2019, Construcciones Industriales Tapia fue inhabilitada por la Secretaría de la Función Pública (SFP) para trabajar con cualquier dependencia gubernamental en un periodo de 2 años y medio, de acuerdo con una circular publicada en Diario Oficial de la Federación (DOF), aunque al final promovió un amparo para dejar sin efecto la sanción.