La Comisión Federal de Electricidad (CFE) acusó a los jueces federales que concedieron la suspensión del acuerdo para que los generadores de energía limpia pudieran realizar las pruebas preoperativas que tenían programadas para recibir la licencia que les permitirá conectarse a la red eléctrica nacional. Además demandó de anteponer “el interés individual sobre el interés general de la población de acceso a la electricidad”.
A través de su coordinador de Comunicación Corporativa, Luis Bravo Navarrete , la empresa sostuvó que los argumentos utilizados por los jueces federales, a fin de justificar la concesión de la suspensión, son notoriamente “improcedentes a la luz de las reglas establecidas en la Ley de Amparo”.
Cita que en las resoluciones judiciales se procede otorgar la suspensión en virtud de que el acuerdo conlleva la posible violación del derecho a la libre concurrencia y a la libre competencia , del derecho humano a la salud, del derecho humano al medio ambiente sano y del principio de la confianza legítima.
Bravo Navarrete señala que tales razones no debieron ser utilizadas para justificar la suspensión, porque están directamente relacionadas con las cuestiones sustantivas sometidas a la consideración del Poder Judicial de la Federación , por lo que sólo pueden hacerse valer dentro de la sentencia definitiva que ponga fin a la controversia.
Al proceder en esta forma “rotundamente equívoca”, los jueces ya se están pronunciando sobre el fondo del amparo, sin que previamente se hubiesen desahogado las etapas constitutivas del juicio de garantías.
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Por otra parte, agrega, en las resoluciones no se hizo la ponderación del interés privado de las quejosos en que no se les aplicara el acuerdo contra el interés general, que reviste el hecho de que la electricidad es un servicio público necesario y por ello el Sistema Eléctrico Nacional , operado por el Cenace , debe cumplir con los criterios de eficiencia, calidad, confiabilidad, continuidad y seguridad.
Es por ello que el Estado debe garantizar el acceso al servicio eléctrico universal, eficiente, de calidad y confiable a toda la población, lo que no se logra con las intermitencias en el funcionamiento del Sistema Eléctrico Nacional que ocasionan las pruebas preoperativas de los proyectos materia de las demandas de amparo, detalla el funcionario a nombre de la CFE.
En otras palabras, comenta, al conceder la suspensión, los juzgadores “antepusieron el interés individual sobre el interés general de la población, concretado en el derecho humano a la vida digna, del que forma parte indubitable el acceso a la electricidad.
“Asimismo, soslayaron la circunstancia de que el Acuerdo tiene como propósito fundamental el aseguramiento de la salud y la vida de las personas mediante el funcionamiento ininterrumpido del servicio de electricidad en clínicas y hospitales Covid-19”, destacó.
Por ello y en virtud de esas “graves y delicadas irregularidades jurídicas”, el Cenace interpuso un recurso de queja ante el Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en turno.
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