La Barra Mexicana del Colegio de Abogados consideró “inaceptable” que el CENACE y la Secretaría de Energía (Sener) extralimiten sus facultades, a través de acuerdos y políticas, regule o legisle en abierta violación a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Al expresar su punto de vista sobre los acuerdos que modifican el régimen en materia de energía manifestó su preocupación por el “rompimiento del orden jurídico nacional”, por lo que solicitaron al Poder Ejecutivo revisar y dejar su efecto estas medidas “regresivas e irregulares”.
En su posicionamiento sostiene que el Acuerdo CENACE y la Política Energética publicada por Sener en el DOF, “fueron emitidos violando la Constitución, las leyes de la Industria Eléctrica , General de Mejora Regulatoria, de Transición Energética, de Cambio Climático, de Competencia Económica, de la Administración Pública Federal de Competencia Económica, de Cofemer y de las recomendaciones de la industria mexicana, de la Unió. Europea y Canadá, en su carácter de nuestros socios comerciales.
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Dichos acuerdos, añade, eliminan los incentivos a la inversión en energías limpias y creación de empleos derivados de esas inversiones, modifican el régimen de generación de energía del país, crean un ambiente de competencia desequilibrada a favor de CFE , a la cual se le da un carácter autoritario, provocan incumplimiento de contratos, harán que las i nstituciones financieras que apoyaron los proyectos revisen la viabilidad de los mismos y quizá den por vencidos dichos financiamientos.
Todo ello traerá como consecuencia múltiples reclamaciones nacionales e internacionales que implicarán el pago de indemnizaciones millonarias por parte del erario.
La Barra de Abogados subraya que la publicación de la política de energía se llevó a cabo sin haber cumplido las obligaciones legales en materia de mejora regulatoria, pues se expidió con base en una resolución de exención que carece de elementos objetivos.
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Además, el acuerdo CENACE usa como razón para su emisión la pandemia por covid-19 , sin embargo, no tiene límite de tiempo ni expresa las razones por las que supuestamente, las medidas que contiene garantizarán un mejor abasto de energía y es contradictorio porque alude a problemas que iniciaron en época anterior a la contingencia sanitaria.
noe.cruz@eluniversal.com.mx
asgs