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El Banco de México (Banxico) puso a consulta pública las reglas con las que operarán las empresas de fondos electrónicos, como parte de la ley para regular a las instituciones financieras tecnológicas o ley fintech.
Dichas empresas, mejor conocidas en el sector financiero como monederos electrónicos, podrán realizar operaciones tanto en moneda extranjera como en criptomonedas y estas últimas serán definidas y autorizadas por el banco central.
En el proyecto del Banxico, se detalla que los monederos electrónicos que podrán operar en el mercado mexicano tanto con divisa extranjera o con activos virtuales, deberán solicitar su operación definiendo su esquema de negocio, comisiones y tipo de cambio, entre otras medidas.
El Banco de México detalló que las empresas que operen monederos electrónicos podrán abrir cuentas referidas en moneda nacional, a nombre de personas físicas y morales, nacionales o extranjeras.
En tanto, estará sujeto a previa autorización del Banco de México, abrir cuentas en moneda extranjera, así como activos virtuales, únicamente a nombre de personas físicas y personas morales nacionales o personas físicas extranjeras residentes en México y que acrediten su calidad migratoria mediante el documento correspondiente.
En el caso de cuentas en monederos electrónicos en moneda extranjera, las empresas que las operen solamente podrán abrirlas a nombre de personas morales nacionales, cuando estas últimas mantengan una cuenta de depósito en la misma moneda extranjera en alguna institución de banca múltiple.
El banco central también definió límites en los depósitos mensuales que podrán realizarse en cuentas en monederos electrónicos. Si el contrato es en una cuenta nivel I, no podrá exceder 4 mil 500 pesos; si se trata del nivel 2, el límite serán 18 mil pesos; en el nivel 3, a 60 mil pesos, y en nivel 4 será ilimitado.
En sus disposiciones, el organismo define que las empresas que operen los monederos electrónicos y emitan tarjetas, éstas deberán contar con chip o banda magnética además de que los plásticos permitirán retirar efectivo en moneda nacional o en moneda extranjera, tratándose de retiros fuera del territorio nacional, en sucursales, cajeros automáticos, a través de comisionistas o en establecimientos de empresas afiliadas, así como la realización de pagos de cualquier tipo.