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Las entidades e intermediarios financieros podrán utilizar mensajes de datos con firma electrónica en sustitución de documentos con firma autógrafa para formalizar diversos actos que celebren con el Banco de México (Banxico).
Los documentos y mensajes enviados por esta vía tendrán los mismos efectos jurídicos, validez y fuerza obligatoria, como los otorgados con la firma autógrafa , estableció el instituto central en una nueva circular.
Pero no los exime del cumplimiento de requisitos exigidos para el acto de que se trate, entre otros, de la presentación de la escritura en la que consten los poderes respectivos de las personas que suscriban documentos a nombre de las entidades o intermediarios .
Servirá para comunicaciones por las que instituciones autorizan e instruyan al banco central a realizar traspasos de su Cuenta Única del Sistema de Pagos Electrónico Interbancario (SPEI).
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También para programas de autocorrección , comunicaciones relativas a aspectos del contrato del Módulo de Reportos para proporcionar liquidez al sistema de pagos así como para notificar la suspensión de dicho contrato.
Para solicitudes de registro del personal que puede recibir información del Sistema de Pagos Interbancarios en Dólares (SPID) así comunicaciones de sus participantes para efectuar el alta o baja de sus operadores.
En una circular emitida por Banxico se establece que la utilización de mensajes de datos con firma electrónica implica la aceptación expresa de la entidad o intermediario financiero, de la validez y fuerza obligatoria del acto correspondiente así como de los métodos en que el mensaje de datos es generado, enviado, firmado y recibido.
Por lo que, no se podrá objetar el acto por aspectos con su carácter electrónico.
Banxico también dio a conocer la regulación para hacer efectiva las disposiciones para operaciones de mercado abierto que anunció el pasado 8 de julio del 2020.
vcr