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Auditoría detecta irregularidades por 64.8 mdp en Ampliación de la Línea 1 del Tren Suburbano al AIFA

La Auditoria Superior de la Federación sostuvo que se autorizaron pagos en exceso en los conceptos de suministro de durmientes y de materiales de vía, debido a que estos no fueron localizados en el sitio de trabajo

Foto: Cuartoscuro
30/06/2022 |14:49
Noé Cruz Serrano
Reportero de la sección CarteraVer perfil

La Auditoria Superior de la Federación ( ) detectó irregularidades en el proyecto “Ampliación de la Línea 1 del Tren Suburbano Lechería-Jaltocán-AIFA” que unirá a la Ciudad de México con e l Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles , en Santa Lucía.

En su Informe Individual del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2021 , el órgano sostuvo que, aunque la obra contó con suficiencia presupuestal para el Ejercicio Fiscal de 2021 por un importe de 401 millones 496.7 mil pesos, se autorizaron pagos en exceso por 64.8 millones de pesos en los conceptos de suministro de durmientes y de materiales de vía, debido a que estos no fueron localizados en el sitio de trabajo, a pesar de que en las especificaciones particulares y los alcances de sus precios unitarios contemplan suministro, el transporte, la descarga y su puesta en obra.

Se observó también que en la revisión de la licitación LO-009000988-E22-2021, el licitante ganador considero en su proposición técnica a un profesionista especialista en topografía que previamente ya había sido incluido en la licitación LO-009000988-E9-2021, de la cual también resultó ganadora y que “era motivo de descalificación”.

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Aunado a estos problemas, se pudo comprobar que la obra no cuenta con la liberación total de los derechos de vía para el patio de maniobra, en una superficie de 52 mil 329.07 metros cuadrados, “lo que ha provocado a la fecha atrasos de 120 días en la ejecución de los trabajos y esto evidencia una inadecuada planeación de la obra.

Tampoco se autorizaron estudios, memorias de cálculo, informes y proyectos por parte de la entidad fiscalizada.

aosr/acmr

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