Cartera

América Móvil, de Slim, es preponderante, ratifica Suprema Corte

La Segunda Sala detalla que la reforma en telecomunicaciones de 2013 cambió el artículo 28 para que el IFT tenga la facultad de regular el uso y explotación del espectro radioeléctrico

Foto: Archivo / EL UNIVERSAL
03/03/2021 |19:31
Redacción
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La resolución por la que el (IFT) determinó como agente económico preponderante al Grupo de Interés Económico América Móvil, que incluye a Telmex y Telcel fue confirmada por la Corte por unanimidad.

En un comunicado, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación detalla que la reforma en telecomunicaciones de 2013 cambió el artículo 28 constitucional para que el IFT tenga la facultad de regular, promover y supervisar el uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes y la prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.

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"Dentro de este parámetro constitucional, las determinaciones a través de las que el IFT califica a un grupo económico como agente preponderante que tiene como fin establecer condiciones de competencia y libre concurrencia e n el sector y mejorar la calidad y precio en los servicios", detalla la Corte.

Por lo que la Sala determinó que es constitucional tanto la decisión del IFT de señalar a América Móvil como preponderante en el sector de telecomunicaciones como las medidas asimétricas que se le impusieron.

cev/rcr

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