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Quienes por primera vez comienzan a leer sobre el ámbito del derecho penal, deben saber que existe una visión imaginaria de relatos sociales, donde por lo general existen crímenes, torturas, crueldades, investigaciones, muertes, homicidios. Aunque no podemos obviar estas visiones, lo cierto es que el derecho penal mexicano establece lo opuesto a estas visiones sobre la realidad.
En nuestro país, determinados sectores poblacionales han producido conflictos sociales violentos, destructivos, corruptos, y demás actos delictivos, ante esto, el derecho penal es el saber normativo que regula y estructura el sistema penal operado por diversos Órganos e Instituciones encargadas prevenir y hacer valer lo dictado en nuestras leyes (habilita la imposición de las penas), mismo que con carácter de urgencia se necesita aplicar y estar funcionando en beneficio de toda la sociedad mexicana.
En México cada uno de los 32 estados que lo componen, se rigen bajo sus leyes locales y municipales, tal y como lo rige el artículo 115 constitucional; sin embargo dependiendo de la jurisdicción o demarcación territorial, del tipo de conducta delictiva, y del tipo de daño ocasionado en el bien jurídico tutelado, se podrá decidir la competencia legal con que se juzgará a la persona imputada, toda vez que los delitos pueden ser de competencia federal y deben aplicarse las leyes federales, Códigos Nacionales, tratados internacionales y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Privar de la vida a otra persona es la forma suprema de la violencia (homicidio), teniendo este delito en los Códigos Penales de México la máxima penalidad (en casos de secuestro se imponen penas más altas), por ejemplo:
- Código Penal para el Distrito Federal
- Código Penal para Baja California
- Código Penal para Jalisco
- Código Penal para Veracruz
- Código Penal para Zacatecas
- Código Penal para Quintana Roo
- Código Penal para Morelos
- Código Penal de Chihuahua
En este entendido en las legislaciones mexicanas el que priva de la vida a otro comete el delito de homicidio, este problema social, de salud, de inseguridad pública y demográfica, se está viviendo constantemente en México. El homicidio es la máxima acción de la violencia, y ésta va en aumento en nuestro país, sin respetar género, edad, situación civil, condición social y religiosa; la sociedad mexicana tiene que tomar acciones para recuperar a un México libre de violencia.
El aspecto general de la ley expresada en el Código Penal Federal, y el derecho adjetivo que entra en vigor a nivel nacional el 18 de junio del 2016 (Código Nacional de Procedimientos Penales) es dirigida para todos los seres humanos que ejecuten una conducta tipificada como delito al privar de la vida a otro, sea de forma dolosa, culposa o preterintencional, se sancionará con pena privativa de la libertad; toda vez que la vida humana es un bien jurídico tutelado por la ley.
Las formas y medios idóneos para provocar la extinción de la vida son los medios físicos, químicos y mecánicos. Se excluyen casos fortuitos como por ejemplo, un peatón que irresponsablemente cruce la avenida corriendo y sin fijarse, ocasione ser el golpeado por un vehículo que está en excelentes condiciones mecánicas y el automotor es conducido a la velocidad que permite el reglamento de tránsito, por una persona apta para conducir, teniendo como resultado la muerte del sujeto impactado; de igual forma se excluyen casos de fuerza de la naturaleza.
Las causas de justificación son el aspecto negativo de la antijuricidad (conducta prohibida por la ley), como la legítima defensa, el estado de necesidad, cumplimiento de un deber, obediencia jerárquica.
Cuando la forma y medio idóneo de provocar la extinción de una vida por medio físico, químico o mecánico, la ley federal mexicana sanciona con dos años a ocho años de prisión en caso de ser homicidio cometido en duelo, de cuatro años a catorce años homicidio en riña, y por ejecutar la acción de privar la vida a otro sujeto se da por voluntad del victimario (dolo) o por su omisión, su negligencia de no evitar la muerte de una persona teniendo conciencia de las consecuencias del resultado (culpabilidad), se sancionarán con doce años a veinticuatro años de prisión.
Para que el delito de homicidio proceda a ser sancionado por la ley debe proceder por denuncia, y a su vez es perseguido por oficio a cargo del Ministerio Público, la Policía y Peritos, quienes son responsables de la investigación de los hechos sucedidos que dieron como resultado la privación de una vida.
El homicidio en México tiene variaciones, en algunos estados se aumenta el porcentaje de homicidios, así como el tipo de homicidios como por ejemplo los feminicidios en Juárez que se vieron en aumento en los años noventa, los homicidios ejecutados por el crimen organizado en el sexenio pasado, y los diversos tipos de homicidios que se padecen en la actualidad, donde niños son capaces de torturar y privar de la vida a otro ser humano, donde se encuentran familias privadas de la vida; y existen diferentes nombres para los delitos de homicidios como el parricidio, filicidio, fratricidio, conyugicidio, uxoricidio, femicidio, donde el juzgador estudiará cada asunto y conforme a derecho sentenciará.
El homicidio es la clase de delito que incorpora la figura típica en que priva de la vida a un ser humano por cualquier medio.
Es importante retomar la seguridad en México, ya que la ley por sí misma no lo podría hacer; existe todo un grupo profesional que se encarga de hacerlo punible, castigable, a las acciones contrarias a la ley, pero se requiere de honestidad social, compromiso social; se necesita reeducación como sociedad, dejar de promover y ejecutar la corrupción en las autoridades y servidores públicos.
La realidad de nuestro país es que tenemos los elementos para combatir y reducir las tasas de homicidios, tenemos una ley tangible la cual castiga y sanciona el homicidio, y a pesar de todos los factores involucrados económicos, políticos, de salud, de condiciones sociales; el elemento esencial para realizar el cambio es la educación, no solo institucional, sino también fortalecer los valores, la identidad y la empatía como sociedad.
Referencias.
- MARTÍNEZ, Jesús. La investigación ministerial previa. México 2008. Ed. Porrúa.
- Código Penal Federal
Yair Canizalez
Investigador invitado
@CanizalezLic @ObsNalCiudadano